Renovación del protocolo de acoso todos los años?

Alexia

Miembro activo
Tengo un cliente al que, parece ser, su servicio de prevención le dice que el protocolo de acoso tiene que actualizarlo cada año, ¿sabéis si esto es así?
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Hay que actualizarlo cuando corresponda o se estime conveniente, porque exista alguna razón para ello (por ejemplo porque se implemente un canal de denuncias, o porque, como novedad, hay RLPT y se negocia con ellos o, simplememente que, por lo que sea, se identifican mejoras).
En definitiva, no hay "Protocolo de Acoso 2024", "Protocolo de Acoso 2025"...).
Otra cosa es que, sin que necesariamente acabe modificándose, se contemple una evaluación y revisión periódica (que puede ser anual, pero tener especial sentido, haya transcurrido el tiempo que sea, aunque sean unos pocos meses, cuando se detecten deficiencias o mejoras o alguna novedad (legal, de empresa...) que recomienden su modificación). De hecho, ese suele ser justo uno de los apartados finales de los protocolos, establecer unas pautas para su evaluación y revisión.
Pero vigencia, en principio indefinida (no necesariamente por un año), hasta que, cuando sea y por el motivo que sea, se considere necesaria su revisión o actualización (incluso la elaboración de un nuevo protocolo).
 
Última edición:

RGG1980

Miembro activo
no os pasa que ahora si os preguntas todos los protocolos y cumplimiento normativo que tiene que tener una empresa (obligatorio y provativo) es imposible hacer la relacion y sus costes
 

maite.am

Nuevo miembro
Buenos días, ¿sabéis algo sobre la implantación de otro nuevo certificado de derechos digitales? Han llamado a un cliente para renovarle el certificado del protocolo de acoso e implantarle el de derechos digitales ,¿sabéis si es obligatorio en empresas de menos de 50 trabajadores?

Gracias
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Buenos días, ¿sabéis algo sobre la implantación de otro nuevo certificado de derechos digitales? Han llamado a un cliente para renovarle el certificado del protocolo de acoso e implantarle el de derechos digitales ,¿sabéis si es obligatorio en empresas de menos de 50 trabajadores?

Gracias

¿Certificado o protocolo de derechos digitales?
Bueno, yo no sé lo que tratarán de vender ciertos proveedores (y trataría de informarme o contrastar por otra fuente que no se mueva por intereses comerciales), pero lo que existe es un "Derecho a la desconexión digital" por parte de las personas trabajadoras y la obligación de todas las empresas (con que tengan al menos un trabajador ya están obligadas) a disponer de una política que regule el ejericicio de ese derecho.

Es la LOPDGDD la que en su artículo 88 contempla este derecho y obligación para las empresas, y a partir de la misma, el ET (art. 20 bis) lo recoge como derecho, así como La ley de Trabajo a Distancia (art. 18) también contempla ese derecho y obligación (la de las empresas de disponer esa política interna), además de la obligación que el art. 16.2 de la LPRL establece respecto a evaluar y gestionar todos los riesgos laborales , incluídos los psicosociales (y ahí podría entrar el tema de la necesidad de desconexión digital).

En resumen, lo que precisa la empresa es implementar una política interna de desconexión digital (previa audiencia de la RLPT si la hay en la empresa), además de contemplar este riesgo en su evaluación de riesgos laborales y medidas de prevención.

Saludos.
 
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