En todo caso, los que hemos renunciado al ERTE sí que no podemos beneficiarnos de la fuerza mayor parcial. La AL es muy clara que, una vez se renuncia, el ERTE, ya no se puede volver a practicar ni suspensiones ni reducciones.
¿El resto de gente?: no sé, porque el RD dice que hay que renunciar al ERTE en el plazo de 15 días para poderse beneficiar de las bonificaciones. Esto es una puñetera locura. ;D: si renuncias, según AL, no puedes volver a suspender, mientras que el RD dice que hay que hacerlo.... para pasar de total a parcial.....
¿El resto de gente?: no sé, porque el RD dice que hay que renunciar al ERTE en el plazo de 15 días para poderse beneficiar de las bonificaciones. Esto es una puñetera locura. ;D: si renuncias, según AL, no puedes volver a suspender, mientras que el RD dice que hay que hacerlo.... para pasar de total a parcial.....