L
Laurarrhh
Guest
Me gustaría saber cómo lo interpretáis en estos caso:
En el convenio no se detalla nada al respecto de médicos y reposos.
Lo que hace la empresa es que si el trabajador acude a su puesto de trabajo pero a mitad de la jornada se encuentra mal y se va al médico o a casa, se le paga la jornada completa y no se le descuenta nada. Si el trabajador se encuentra mal y abandona su puesto para ir al médico y allí le da un reposo de 48 horas, ese día se le paga porque ha ido al trabajo aunque no haya acabado la jornada, pero se le descuentan de la nómina los días que se coja de reposo y no vaya a trabajar.
Ahora bien, tengo el caso de un empleado que trabaja en jornada nocturna de 22:00 a 6:00 h. Entra el martes 18 a las 22 horas pero a las 00:00h se va porque no se encuentra bien, y en el médico le dan 48 horas de reposo.
Cuándo debería de reincorporarse? (Dejando de lado que se debe reincorporar cuando se encuentre bien lógicamente ya que no es una baja por it).
En el convenio no se detalla nada al respecto de médicos y reposos.
Lo que hace la empresa es que si el trabajador acude a su puesto de trabajo pero a mitad de la jornada se encuentra mal y se va al médico o a casa, se le paga la jornada completa y no se le descuenta nada. Si el trabajador se encuentra mal y abandona su puesto para ir al médico y allí le da un reposo de 48 horas, ese día se le paga porque ha ido al trabajo aunque no haya acabado la jornada, pero se le descuentan de la nómina los días que se coja de reposo y no vaya a trabajar.
Ahora bien, tengo el caso de un empleado que trabaja en jornada nocturna de 22:00 a 6:00 h. Entra el martes 18 a las 22 horas pero a las 00:00h se va porque no se encuentra bien, y en el médico le dan 48 horas de reposo.
Cuándo debería de reincorporarse? (Dejando de lado que se debe reincorporar cuando se encuentre bien lógicamente ya que no es una baja por it).