Reposos de 48 horas...

  • Iniciador del tema Laurarrhh
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Laurarrhh

Guest
Me gustaría saber cómo lo interpretáis en estos caso:
En el convenio no se detalla nada al respecto de médicos y reposos.
Lo que hace la empresa es que si el trabajador acude a su puesto de trabajo pero a mitad de la jornada se encuentra mal y se va al médico o a casa, se le paga la jornada completa y no se le descuenta nada. Si el trabajador se encuentra mal y abandona su puesto para ir al médico y allí le da un reposo de 48 horas, ese día se le paga porque ha ido al trabajo aunque no haya acabado la jornada, pero se le descuentan de la nómina los días que se coja de reposo y no vaya a trabajar.
Ahora bien, tengo el caso de un empleado que trabaja en jornada nocturna de 22:00 a 6:00 h. Entra el martes 18 a las 22 horas pero a las 00:00h se va porque no se encuentra bien, y en el médico le dan 48 horas de reposo.
Cuándo debería de reincorporarse? (Dejando de lado que se debe reincorporar cuando se encuentre bien lógicamente ya que no es una baja por it). 
 

Ro

Miembro activo
Los médicos no deben dar reposo, para eso están los partes de baja( muy cortos: con baja y alta en el mismo parte, cortos, medios, largos). Si las empresas no aceptan los reposos ( a efectos económicos) y se les descuentan, se acostumbraran los médicos a cursar el correspondiente parte.
 
L

Laurarrhh

Guest
Eso está claro, pero lo hacen y por el momento lo van a seguir haciendo, y la verdad que no se que es peor, porque ahora hay algún trabajador que ha cogido la costumbre de ponerse malo el miércoles o jueves, ir al médico y traer un parte de baja y alta desde miércoles a viernes y de esta manera ya ha disfrutado de varios pedazo de puentes muy buenos, como no tiene ni que volver al médico.....a disfrutar.
Aún así, como la empresa en este caso lo acepta todo, me gustaría saber la interpretación sobre el caso que expongo
 

FERNANDO

Miembro conocido
El resposo no suspende la relación laboral, por lo que no tiene por qué ser pagado por la empresa, ni que el convenio hable de complemetos IT.
 

Ro

Miembro activo
Comparto con Fernando. Si se remunera el reposo quién va a ser el trabajador que presente baja, sabiendo que mayoritariamente los convenios no complementan ni pagan la i.t por enfermedad los tres primeros días, y si lleva reposo le pagarían igual en tu empresa, normal que se acostumbren a presentarlos si no se los descontais.
 

Ro

Miembro activo
Si quieres interpretación del reposo pues nada a contar 48 horas desde que el médico se lo dio.
 
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