RESCISIÓN DE CONTRATO Y EXCESO DE VACACIONES

SHGOROEL

Miembro conocido
El día 10 se comunica a un trabajador la variación del horario con efectos del día 26. No lo acepta y se acoge a la rescisión del contrato y por tanto lo daremos de baja el 25. Pero resulta que me dicen que ha disfrutado de 5 días de vacaciones de más. ¿Se le puede dar de baja el día 20?
 

laboral consultas

Miembro activo
El día 10 se comunica a un trabajador la variación del horario con efectos del día 26. No lo acepta y se acoge a la rescisión del contrato y por tanto lo daremos de baja el 25. Pero resulta que me dicen que ha disfrutado de 5 días de vacaciones de más. ¿Se le puede dar de baja el día 20?
No, yo le daria de baja el 25 y le descuentas los las vacaciones disfrutadas de más de su finquito
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Nosotros no hacemos nada. Preferimos recomendar que se lleve esos dias y quitarnos problemas.
Pero para gustos los colores.
Si por mi fuera.... Pero es que la empresa no quiere regalar nada. De todas maneras ayer le pregunté que quién había determinado las vacaciones, y que si era él que se olvidara, pero cómo tenía mucha prisa me dijo que ya me llamaría... y aquí espero... Pero cómo se huele tirantez por ambas partes casi lo mejor es hacer lo que decís y darle de baja el 25, y descontar. Pero me ha asaltado la duda, y bueno....
 

africallora

Miembro conocido
Si por mi fuera.... Pero es que la empresa no quiere regalar nada. De todas maneras ayer le pregunté que quién había determinado las vacaciones, y que si era él que se olvidara,

Pues es que más acertada no podía ir tu pregunta. Si ha sido la empresa la que le ha obligado a coger las vacaciones, a mi parecer, no procede descontarle nada. Bastante que le ha pedido un MSCT. Como tire la empresa de la cuerda, ya verá.
 

elchuske

Miembro conocido
Si hay tiranteces cuando vea el descuento en la nomina se va a armar. Dile a la empresa que haga como dice Sakira. Utiliza el cerebro un poquito también.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Es que además, la baja no es voluntaria del trabajador, sino inducida por un acto unilateral de la empresa, al establecer lo de la m.s.c.t.
Es precisamente por eso que aunque "formal y aparentemente" la baja se materializa mediante una supuesta "dimisión voluntaria" del trabajador, mantiene su derecho (casi absoluto) a la correspondiente indemnización por extinción, y el derecho al paro.
Así que el resto de derechos derivados o conexos con una extinción laboral, como el cómputo y cálculo de la liquidación y finiquito, deben procesarse atendiendo a eso, que es una "falsa" dimisión voluntaria.
 

africallora

Miembro conocido
Las vacaciones han de ser forzosamente pactadas Artículo 38. 2 del ET .

Como se las haya impuesto la empresa por que sí, va a sumar un problema al que ya tiene añadido por la imposición de la m.s.c.t (en caso de que esta modificación no la pueda axiomáticamente justificar ).
 

africallora

Miembro conocido
De manera general, si el trabajador en cuestión ha disfrutado de días de vacaciones que no le correspondían, puede haber una justificación para darle de baja antes de la fecha originalmente acordada.

Es recomendable buscar asesoramiento legal 👈 en estos casos y seguir los procedimientos establecidos en el contrato laboral y en la legislación aplicable.

Tengo escoliosis (desviada la espalda) ¿En el bufete de abogados que anuncias, como sois expertos en Derecho, me la pondrías derecha’?...

Gracias, por anticipado, por su respuesta.
 

elchuske

Miembro conocido
Entre los nuevos y los despistados este foro va perdiendo profesionalidad a marchas forzadas. Así que ya tengo dos mas ignorados.
Venga a por ello figura, se lo digo al del anuncio .
 
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