residencia temporal y trabajo cuenta ajena inical

NOEMI

Miembro conocido
un trabajador que tenía un permiso de los que conceden por un año con compromiso de contratación de la empresa, le ha vencido y ha presentado solicitud de residencia temporal y trabajo cuenta ajena, el día 22/09

ya la propia carta dice que se debe resolver en tres meses, el silencio es negativo:
¿entiendo que si mañana no le notifican debo despedirle?

en su expdte cuanto lo consulto pone en trámite...

Esque en extranjería estoy súper pez...
Y otra duda que día sería el 21 o el 22? cuando hace los 3 meses? ¿el día antes de la presentación?
 

africallora

Miembro conocido
@NOEMI , maja.

Por lo que veo, es el mismo trabajador al que le estuvimos mirando y estudiando su expediente por el privado. Para el 22/12/2023 has de darle baja, no te queda otra.

Extranjería le amplió el permiso de trabajo desde el 22/09/2023 hasta el 22/12/2023, ambos inclusive.

Además, el permiso que le dieron era por circunstancias excepcionales.
 

NOEMI

Miembro conocido
@NOEMI , maja.

Por lo que veo, es el mismo trabajador al que le estuvimos mirando y estudiando su expediente por el privado. Para el 22/12/2023 has de darle baja, no te queda otra.

Extranjería le amplió el permiso de trabajo desde el 22/09/2023 hasta el 22/12/2023, ambos inclusive.

Además, el permiso que le dieron era por circunstancias excepcionales.
siiii, era ese, ¿Qué fecha de baja tengo que poner? 22 o 21 (el día antes?
 
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