un trabajador que tenía un permiso de los que conceden por un año con compromiso de contratación de la empresa, le ha vencido y ha presentado solicitud de residencia temporal y trabajo cuenta ajena, el día 22/09
ya la propia carta dice que se debe resolver en tres meses, el silencio es negativo:
¿entiendo que si mañana no le notifican debo despedirle?
en su expdte cuanto lo consulto pone en trámite...
Esque en extranjería estoy súper pez...
Y otra duda que día sería el 21 o el 22? cuando hace los 3 meses? ¿el día antes de la presentación?
ya la propia carta dice que se debe resolver en tres meses, el silencio es negativo:
¿entiendo que si mañana no le notifican debo despedirle?
en su expdte cuanto lo consulto pone en trámite...
Esque en extranjería estoy súper pez...
Y otra duda que día sería el 21 o el 22? cuando hace los 3 meses? ¿el día antes de la presentación?