fundación
Miembro conocido
Se ha planteado una reducción de jornada vía art. 41 a una tjdora. a tiempo parcial, pasaría de 21 a 7 horas semanales por causas productivas y organizativas con efectos del 15 de diciembre
La trabajadora lógicamente no está conforme por el perjuicio salarial que conlleva y está de acuerdo en la resolución indemnizada de su contrato. En principio con su carta de solicitud de rescisión y el certificado de empresa se acredita su situación legal de desempleo, pero quisiera saber si es posible darla de baja ya durante el preaviso o hay que esperar al último día (14 de diciembre) antes de la efectividad de la modificación.
La trabajadora lógicamente no está conforme por el perjuicio salarial que conlleva y está de acuerdo en la resolución indemnizada de su contrato. En principio con su carta de solicitud de rescisión y el certificado de empresa se acredita su situación legal de desempleo, pero quisiera saber si es posible darla de baja ya durante el preaviso o hay que esperar al último día (14 de diciembre) antes de la efectividad de la modificación.