REVISION IRPF

ASTRO

Miembro activo
Hola!!! una pregunta, vosotros revisáis cada IRPF de la nomina? como lo hacéis?? con el programa o vais trabajador por trabajador a la pagina de la AEAT?
graciiias!
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Actualmente no manejo directamente el programa de nómina, pero cuando lo hacía, primero, trataba de asegurarme tener bien parametrizado el programa de nómina (tanto los parámetros que vienen "de fábrica", y más de una anomalía detecté y que finalmente el proveedor acabo rectificando, hablo de A3Nom, pero hace ya bastantes años) y luego, parametrizar de la forma que entendía como correcta (o lo más correcta posible) los parámetros susceptibles de definir desde la empresa o como usuario.
Con "la máquina bien engrasada y afinada" era de esperar que el programa de nómina lo hiciera bien (ojo con los cálculos y, sobretodo, regularizaciones directamente desde el programa de Hacienda, que requieren informar y correctamente una serie de datos, algunos históricos, y que no siempre se informan correctamente, mientras que el programa de nómina se supone que tiene toda la información necesaria).
En nuestro caso la "dábamos a la tecla de "regularizar" todos los meses, aunque existe la posibilidad (legalmente) de concentrar las regularizaciones en los meses de abril, julio y octubre (que no necesariamente es lo mismo que cada 3 meses, y menos aún hacerlo en diciembre, salvo que se trate de una regularización por posibles cambios acontecidos desde el cierre de la nómina de noviembre). Y cuando digo que marcábamos la opción de regularizar (lo digo porque en ocasiones no se me interpreta bien) no significa que tuvieran que cambiar todos los porcentajes de retención, simplemente el mismo programa de nómina (no directamente los usuarios) verificaba a nivel de toda la plantilla si en ese mes se había producido algún cambio que puediera dar lugar a una regularización (previsión de ingresos y/o gastos, situación personal del trabajador...) y siempre considerando los límites de regularización (ya sabéis, por ej un incremento en la base no puede originar un incremento en la cuota de retención superior al incremento de la base...) y, por supuesto, si no había ningún cambio desde el mes anterior (por tanto, no había causa de regularización, y recordemos, no haber regularizado cuando corresponde no es propiamente una causa de regularización), pues nada, no debía variar la retención.

A partir de ahí, lo que sí hacíamos era generar un informe de retenciones, verificar los cambios (y los no cambios, si entendíamos o esperábamos que los hubiera), bien revisando casos concretos que tuviéramos identificados (cambios de contrato, de jornada, incrementos de salario, hijos...), bien verificando cambios en retenciones y analizando en detalle (ol al menos lógica) aquellos que, por su impacto o por inesperados, etc, nos llamaran la atención. Eso, ahí cada uno puede complicarse lo que quiera o pueda (según medios o recursos, dimensión y conocimiento de la plantilla, etc.) pero sobre la base de que si el programa está bien parametrizado, lo debe hacer bien.

Y el dolor de cabeza era cuando te venía un trabajador con los cálculos que él directamente (o su cuñado...) había hecho con el programa de Hacienda (que lo hará bien, si informas todos los datos y bien, pero eso, ya no solo por conocimiento, también por disponibilidad de datos necesarios, el currito o su cuñado no lo hacían siempre bien). Al final, con mayor o menor esfuerzo, se acababa confirmando que la retención paracticada por la empresa era la correcta (porque el programa de nómina dispone de toda la información, está bien parametrizado y hacemos las verificaciones oportunas. No recuerdo ningún caso que tuviéramos que modificar la retención en base al resultado distinto que algún trabajador nos aportara).

Saludos
 
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Caslaboral

Miembro conocido
Hola!!! una pregunta, vosotros revisáis cada IRPF de la nomina? como lo hacéis?? con el programa o vais trabajador por trabajador a la pagina de la AEAT?
graciiias!
te refieres a comparar con la pagina de la AEAT?

Yo ni de coña... pagamos un progama profesional para no tener que hacer estas cosas...
 

Cris2

Miembro
HOLA, Teóricamente el programa de nóminas (en mi caso nominasol) está actualizado y conectado cada año con la tabla correcta del irpf de la AEAT, por lo que en las nominas va el irpf que calcula el programa y no reviso nada más.
 

s3r61c

Miembro activo
Se paga para obtener un servicio (programa de nóminas), entre otras muchas funciones, una de ellas es el cálculo de IRPF.
Debemos de fiarnos y además confiar... si empezamos a desconfiar y hacerlo manual pregunta que sentido tiene que pagues un dineral mes a mes si luego tienes que hacerlo casi todo manual...

En muchos programas hay listados para ver el "cuadre de IRPF en cómputo anual".
 

elchuske

Miembro conocido
Hay algunos que les sobra el tiempo, que suerte, Los programas de nominas ya te hacen ese trabajo. Nosotros los actualizamos todos los meses. Pero si te quieres entretener ya sabes. MAS ARRIBA TIENES LA SOLUCION.
 

ASTRO

Miembro activo
Hay algunos que les sobra el tiempo, que suerte, Los programas de nominas ya te hacen ese trabajo. Nosotros los actualizamos todos los meses. Pero si te quieres entretener ya sabes. MAS ARRIBA TIENES LA SOLUCION.
bueno yo no he valorado a quien le sobra el tiempo y a quien no, cada uno lo gestiona como quiere. Solo he preguntado si para vosotros el control que hace el programa es suficiente o luego lo revisáis. Me ha salido uno que el programa no había calculado bien y ha saltado ahora la liebre.
 

Cristi

Miembro activo
bueno yo no he valorado a quien le sobra el tiempo y a quien no, cada uno lo gestiona como quiere. Solo he preguntado si para vosotros el control que hace el programa es suficiente o luego lo revisáis. Me ha salido uno que el programa no había calculado bien y ha saltado ahora la liebre.
Buenas tardes, las nóminas mensuales sin incidencias ni cambios durante el mes, tiro del programa también Nominasol, si hay variaciones me gusta comprobar con el programa de Hacienda que lo que dice mi programa es correcto y si tengo tiempo suelo comprobarlo, la verdad es que hasta ahora, siempre ha coincidido al céntimo...así que me da tranquilidad si en algún momento se me pasa algo. También tengo activada en el programa la opción de regularizar mensualmente y así me curo en salud.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
A ver... como ya he tratado de dejar claro de inicio en mi anterior intervención, es de esperar que este ejercicio lo haga correctamente el programa de nóminas, y si ejecutamos la verificación de posibles regularizaciones, ya sea mes a mes, o concentradas (tal como permite la norma, pero justo en estos meses concretos) en los meses de abril, julio y octubre (más la que pueda corresponder, en su caso, en diciembre, en principio exclusivamente por cambios evidenciados desde el cierre de la nómina de noviembre, no porque pueda hacer una "regularización a saco o de golpe" a final de año), y tenemos confianza en nuestro programa de nóminas, de poco más nos tenemos que preocupar, incluso aunque de una verificación en cómputo anual (incluso del propio fichero de cuadre anual que algunos programas permiten generar) nos aparezan teóricas diferencias (y luego explico porqué).
Pero, repito en la medida en que tengamos esa confianza en nuestro programa de nóminas. Pagamos para que, entre otras cosas, este proceso lo haga correctamente (pero sin olvidar que tocará regularizar, salvo que el progama lo haga automáticamente, sin necesidad de "darle a la teclita"). Pero, por desgracia, no siempre es así, aunque en muchos casos temo que a menudo no es culpa del programa sino del usuario, pero el caso es que he visto verdaderos desaguisados en temas de retenciones, y por eso, es una cuestión sobre la que siempre he tenido cierta obsesión.

Uno podrá complicarse lo que pueda (tiempo, recursos...) y sepa. lo comento porque, como ya he dicho, yo era de los que hacía o mandaba hacer verificaciones regularmente, aunque en los últimos años eran rápidas, puesto que finalmente (y tras algunas "gestiones") conseguimos que el proveedor subsanara algunas anomalías que habíamos detectado del programa.
Ya lo he comentado en alguna ocasión, me refiero a un programa muy popular, muy extendido, pero del qur fuimos detectando ciertas anomalías en el tema de retenciones; así a bote pronto, y de memoria, el aplicar de forma indebida la causa de regularización "otras causas" (que está para situaciones muy concretas, no para cuadrar a saco cuando me plazca las retenciones o subsanar errores), retenciones del 15% por considerar sistemáticamente que a cualquier atraso o pago perteneciente a años anteriores se le debía aplicar ese porcentaje fijo de retención... había alguna más, más sutil (como la ocasionada por desviaciones teóricas, que no anómalas, por irse acumulando redondeos).
Dectectar estas anomalías en algunos supuestos es cierto que requería arremangarse bien, verificar el detalle de cálculo que el programa te permite ejecutar, etc. pero a menudo era mucho más simple: regularizando més a mes y verificando los cambios (que no supone ir uno a uno, simplemente en un excel filtar los casos en los que la retención ha cambiado). Si se trataba de casos en los que nada había cambiado (ni previsión de ingresos, ni de gastos, ni situación personal del trabajador, ni éste nos había solicitado una retención superior, algo fallaba). Se detectó la anomalía, se reportó y, con más o menos tiempo y/o explicaciones, el proveedor la subsanó.
Como digo, al final conseguimos que el programa de nómina nos generara confianza en este sentido, y aunque continuamos haciendo validaciones, como digo simplemente era para verificar cambios (y no cambios) sobre la base de que eran correctos (si alguno en especial nos llamaba al atención, lo verificabamos, era correcto pero ya lo teniamos detectado y, especialmente para avisar o dar explicaciones al trabajador si las pedia (ej casos de diferencias de cierta entidad).

Y, como decía, ¡ojo con los listados o informe de cuadre de cuotas de final de año que algunos programas permiten sacar. Sirven para verificar retenciones teóricas, pero que no necesariamente es anómalo que haya diferencias (y lo anómalo puede ser alterar retenciones para conseguir ese cuadre), puesto que juegan una serie de factores que ese cuadre global no tiene en cuenta (repito, es un cuadre teórico), por ej entrada en juego de limites de retención, desviaciones, no anómalas, por redondeos...). Si nuestro programa es fiable y hemos hecho las cosas bien (datos correctos, regularizar cuanto toca...) no tenemos que estar preocupados.
Pero explico mi experiencia.
Saludos
 
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Nando_bcn

Miembro conocido
Respecto a lo que advierto sobre el "listado de cuadre de cuotas" (o el nombre que puede tener en cada programa de nóminas que permite generar un informe de este tipo; este es el nombre que tiene en A3Nom), veo que el propio proveedor (en el caso de A3Nom) advierte expresamente que es a título informativo y que el que puedan existir diferencias no significa que sean anómalas (si se han hecho las cosas bien).
Esto es, en concreto, lo que indican en su portal "a3responde":

Si usted ha regularizado según lo que la ley establece, y en el Listado de Cuadre de Cuotas (acceso "IRPF/ Listado de Cuadre Cuotas IRPF) le aparecen diferencias, esto no significa que el porcentaje calculado en la regularización de diciembre no sea el correcto.
A continuación, le indicamos en la siguiente tabla los cálculos que realiza la Previsión/ Regularización IRPF respecto al Listado de Cuadre de Cuotas de IRPF y que explican las diferencias entre ambos:


tabla prevision IRPF listado cuadre

En definitiva, sirve para, simplemente, tener la referencia de la retención teórica en computo anual, pero que no tiene porque ser la correcta, ya que durante el año suceden o pueden suceder y entrar en juego muchas cosas (regularizaciones, redondeos, límites...).
Y, de acuerdo, si en algún caso la diferencia es sensible se puede revisar por si ha habido alguna anomalía. Pero si he hecho las cosas bien durante el año, no tengo porque ajustar ninguna diferencia con ese cuadre teórico.

Obviamente, si no se ha retenido bien, ya sea por un error desde inicio del año o fecha de alta y/o por no regularizar cuando correspondía hacerlo, dicho listado de cuadre de cuotas puede servir para tratar de maquillar las cosas, contando que al no informar de forma individual bases y retenciones en los 111, si al final la suma de todos ellos es consistente con el 190, y esos datos globales se aproximan mucho (o cuadran el céntimo, aunque yo sospecharía de esos cuadres al céntimo ya que, como digo, durante el año pasan cosas que pueden justificar que los importes sean diferentes pero correctos), pero, recordemos, el no haber retenido correctamente no es causa de regularización. Muchos informan como causa "otras causas" (causa 11 del programa de Retenciones de la Agencia Tributaria y probablemente contemplada en nuestro programa de nómina), cuando corresponde a casos muy concretos y que, probablemente nada tendrán que ver (cambios de residencia en ciertos territorios...). No es el "comodín del público" como causa de regularización.
Y, por otro lado, como ya hemos dicho, diciembre no es uno de los meses en los que la norma permite concentrar regularizaciones por causas ocurridas en los 3 meses anteriores; en diciembre se podrá regularizar por causas de regularizacion (de las expresamente previstas) posteriores a la nómina de noviembre.
Bien, pues si uno es consciente de ello, pero, lo dicho, la utiliza para "maquillar" anomalías en las retenciones de inicio o a lo largo del año, tal vez le sirva para eso, para maquillar el resultado final y que Hacienda no detecte nada raro (probablemente), pero puede encontrarse con algún trabajador, bien informado, y "riguroso" (o toca...) y que no acepte, por ej un incremento en las retenciones a final de año si no existe una causa de regularización posterior a la nómina de noviembre.
Imaginemos el caso de un trabajador al que le hemos estado reteniendo de menos, ya sea desde inicio de año, por no regularizar cuando tocaba (por ejemplo incremento de la previsión de ingresos evidenciada a mitad de año), etc. Ello genera una desviación en las retenciones y que, mes a mes se va acumulando, generando una diferencia cada vez mayor. A final de año detectamos esa sensible diferencia por el listado de cuadre de cuotas (o con el programa de Hacienda...) y le aplicamos justo en diciemebre una retención... no sé, de 10 o 15 puntos superior a la que tenía. Tal vez sea comprensivo (o esté mal informado) ... o tal vez no, y se oponga a ese incremento que no está justificado, al menos en el tiempo y forma en que lo ha hecho la empresa (o su gestoría...).
Es que hay que retener lo que toca y en cada momento (contando, repito, con esa opción que permite la norma de concentrar las regularizaciones en los meses de abril, julio y octubre, no en otros; en el resto de meses, las que correspondan y siempre en base a una de las causas de regularización expresamente previstas por la norma, tras el cierre de la nómina del mes justo anterior.

Sé que para muchos no digo nada nuevo, pero en general, percibo mucha desinformación o falta de rigor en el cálculo de retenciones, por ej en pensar que con el cuadre de cuotas de final de año basta (o que justo implica corregir desviaciones respecto a retenciones que pueden ser correctas) ... y en muchos casos por parte de profesionales.

Venga, dejo aquí la chapa con el tema ;)
 
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Nikki_sp

Miembro conocido
yo reviso con pagina aeat una vez hechon diciembre para comprobar, y nunca he tenido ningun sobresalto
 

Elena-Z

Miembro activo
Yo no compruebo con la web de hacienda salvo que de repente vea una retención que me llame la atención o que algun trabajador se ponga plasta con que lo hacemos mal. Y lo hago para que se calle a ver si me deja en paz.
 
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