Buenos días, hace unos días recibí de MUTUA UNIVERSAL un revisión del PECATA, en la que le hacen devolver al autónomo una cantidad importante, ya que, este autónomo, tuvo un movimiento de baja de una actividad X en fecha 19/03/2020 y posterior movimiento de alta pero con otra actividad diferente al día siguiente 20/03/2020. Entonces, solo le reconocen la prestación desde el 14/03/2020 hasta el 19/03/2020, me argumentan que, aunque al día siguiente fue alta de nuevo, este alta no fue en la misma actividad, si no en otra diferente. Pero yo, por mucho que releo la ley, no encuentro en ningún sitio que especifique que la baja y posterior alta en diferente CNAE, sea motivo de paralizar la prestación. ¿A Alguien más le ha sucedido? Gracias!