Sancion trabajador

Mr. White

Miembro activo
Depende de si el Complemento está o no condicionado a la existencia de prestación.

Si se condiciona, y deja de haber prestación, no hay complemento. Y viceversa.

 

Nando_bcn

Miembro conocido
Bueno, justo en base  a lo fijado en el art. 20.4 del ET esa es justo la medida que sí puede aplicar al empresa, es decir, el dejar de pagar el complemento o cualquier mejora a su cargo asociada a la situación de IT

Saludos
 

FERNANDO

Miembro conocido
Bueno, sí, depende de la redacción. Sin embargo, si el trabajador pierde la IT por su propia culpa, buufff, yo siempre defendería no pagar complemento alguno.
 

Mr. White

Miembro activo
Bueno, no pierde la IT, los médicos le siguen atendiendo y sigue incapacitado para trabajar, lo que pierde es la prestación.
 

Black Mamba

Miembro
Es que puede suceder precisamente eso: qu el trabajador siga enfermo pero por culpa de no comparecer, le suspendan la prestación. Son dos cosas diferentes.
 
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