Pero es que lo que veo como un gran error ha sido la negociación con la nueva aseguradora o el haber cambiado sin haberse asegurado sobre este punto.
No es lo mismo contratar un seguro individual que uno colectivo de empresa.
Mi conocimiento se limita a lo que he visto directamente en las empresas en las que he estado pero entiendo que no es habitual (incluso entiendo que no debería ser de recibo) que en una póliza colectiva de empresa la aseguradora pueda poner excepciones. Tal vez pueda ponerlas ante un cambio sobrevenido (por ej, tratan de asegurar a alguien que no estaba, o, si justificación aparente, modificar el capital asegurado. Vaya, que pueda verse una maniobra interesada y con una causa subyacente oculta).
Pero una alta inicial, ya sea por nueva contratación con la aseguradora, o porque se incorpora alguien a la póliza coincidiendo con el alta en la empresa, no tengo claro que puedan poner excepciones. Y de poder hacerlo, entiendo que es cuestión de tenerlo en cuenta a la hora de plantearse el cambio, así, si resulta que tengo a toda la plantilla asegurada, si me planteo un cambio de aseguadora no voy a aceptar ninguna opción que no permita mantener a toda la plantilla cubierta.
No sé si el caso de estos dos trabajadores excluidos la causa ha posido ser por problemas se salud de los que la aseguradora tiene constancia. Pero, más allá de circunstancias de salud especificas e indivduales, el resto de factores, básicamente edad y sexo, y que pueden incidir en el coste de la prima (además del capital asegurado, claro) ya se suelen tener en cuenta a niviel global. Por ej, en nuestro caso, cada trimestre se pasa un listado de la plantilla actual, con sexo y edad y capital asegurado y en base a eso se calcula la prima global. Si eres hombre y entrado en años, la prima es más alta, imagino que porque en sus cálculos actuariales la aseguradora estimará un nivel de riesgo de muerte mayor, pero no por eso te excluyen de la póliza. Incrementa en coste de la prima que paga la empresa y punto.
Repito, aunque esto ahora no sirva de solución al consultante, entiendo que el error fue el plantearse cambiar de aseguradora en esas condiciones, es decir, sin asegurarse que la nueva póliza podría cubrir a toda la plantilla. Es algo básico y es imperdonable no haber reparado en eso o haberse asegurado que se garantizara este requisito.
¿Solución?, la que alguno ya ha apuntado, tratar de conseguir esa misma cobertura con otro compañia ya a nivel individual con esos dos trabajadores, aunque lo veo harto dificil si resulta que, por un lado lo está planteando una empresa y fuera de la póliza colectiva y, además , se evidencian los problemas de salud que imagino existen y que han sido causa de que la otra aseguradora los rechazara.
Eso o bueno, plantearse cambiar de nuevo la póliza colectiva con otra compañía que no ponga estas excepciones.
Ellos tal vez son libres de rechazar a algún trabajador como asegurado, pero la empresa también es libre a la hora de decidir con quíen contrata el seguro (y, repito, yo nunca lo haría con una aseguradora que excluye a algunos trabajadores).
Saludos