Sentencia. Devolver paro en un despido disciplinario por faltas no justificadas

MarLo

Miembro conocido
Interesante sentencia del TSJ de Cataluña, 22 de abril 2024. Una empleada deja de ir al trabajo durante varios días y la empresa tras varios expedientes, hace el despido disciplinario por faltas injustificadas. La trabajadora no manifiesta en ningún momento a la empresa su voluntad de irse de la empresa.

Tras informe de inspección y resolución Sepe que le deniegan la prestación y devolución de lo indebidamente cobrado (4000 euros), el trabajador recurre y finalmente es el TSJ quien considera correcta la resolución del Sepe porque el trabajador "forzó un meramente formal despido disciplinario para ocultar su intención de cese voluntario como real causa de extinción del contrato".

¿La empresa actúo bien?¿Debió tramitar baja voluntaria? La sentencia estima que está bien hecho el despido disciplinario por lo siguiente... "resulta razonable que la empresa no comunicara la baja voluntaria sabedora de la restrictiva doctrina jurisprudencial en materia de comunicación clara y terminante de la voluntad de poner fin al contrato de trabajo... "

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PEDRO

Miembro conocido
Interesante sentencia del TSJ de Cataluña, 22 de abril 2024. Una empleada deja de ir al trabajo durante varios días y la empresa tras varios expedientes, hace el despido disciplinario por faltas injustificadas. La trabajadora no manifiesta en ningún momento a la empresa su voluntad de irse de la empresa.

Tras informe de inspección y resolución Sepe que le deniegan la prestación y devolución de lo indebidamente cobrado (4000 euros), el trabajador recurre y finalmente es el TSJ quien considera correcta la resolución del Sepe porque el trabajador "forzó un meramente formal despido disciplinario para ocultar su intención de cese voluntario como real causa de extinción del contrato".

¿La empresa actúo bien?¿Debió tramitar baja voluntaria? La sentencia estima que está bien hecho el despido disciplinario por lo siguiente... "resulta razonable que la empresa no comunicara la baja voluntaria sabedora de la restrictiva doctrina jurisprudencial en materia de comunicación clara y terminante de la voluntad de poner fin al contrato de trabajo... "

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Gracias Marlo, había leído algo respecto a esta sentencia. Entiendo que queda claro que la inspección de trabajo "entiende" que dado el criterio de los jueces a las empresas no les queda mas remedio que despedir a los trabajadores que compete a la administración "sabes" si hay fraude.
 

Cachilipox

Miembro conocido
No lo dicen de forma expresa, pero en la sentencia señalan como "prueba de descargo" de la posible complicidad culposa de la empresa la calificación que hizo IT. Una vez asentada esa no complicidad, la sentencia razona y abunda que dado el sistema ultragarantista hacia el trabajador, a las empresas no les queda otra que formalmente llevar las cosas como disciplinarios, donde debieran ser clarísimamente dimisiones.

Ergo.... elucubro que la empresa, tras cursar formalmente el disciplinario fraudulento, pasó todos los datos necesarios a IT.
E IT le devolvió el favor, calificando de forma expresa como no cómplice en el fraude.
 

MarLo

Miembro conocido
Gracias Marlo, había leído algo respecto a esta sentencia. Entiendo que queda claro que la inspección de trabajo "entiende" que dado el criterio de los jueces a las empresas no les queda mas remedio que despedir a los trabajadores que compete a la administración "sabes" si hay fraude.
Más allá de inspección de trabajo, es el TSJ el que considera que la empresa actuó correctamente utilizando el despido disciplinario.

a Inspección, por el informe que aparece en la sentencia, parece que le gustaba más para este caso, la figura del cese voluntario, pero también dice: "No se dan los hechos suficientes para apreciar fraude y connivencia entre empresa y trabajador para poder levantar un acta de infracción, pero si que estamos ante una actitud clara del trabajador afectado de no querer trabajar y por tanto no reúne los requisitos necesarios para poder cobrar la prestación por desempleo tras el despido del día 29-1-2021"
 

MarLo

Miembro conocido
No lo dicen de forma expresa, pero en la sentencia señalan como "prueba de descargo" de la posible complicidad culposa de la empresa la calificación que hizo IT. Una vez asentada esa no complicidad, la sentencia razona y abunda que dado el sistema ultragarantista hacia el trabajador, a las empresas no les queda otra que formalmente llevar las cosas como disciplinarios, donde debieran ser clarísimamente dimisiones.

Ergo.... elucubro que la empresa, tras cursar formalmente el disciplinario fraudulento, pasó todos los datos necesarios a IT.
E IT le devolvió el favor, calificando de forma expresa como no cómplice en el fraude.
El despido no es fraudulento. Lo que se declara fraudulenta es la actuación del trabajador... que forzó un despido disciplinario formalmente correcto para ocultar su intención de cesar voluntariamente. El matiz es importante.
 

CC2019

Miembro activo
Para mi la sentencia no tiene ni pies ni cabeza, porque abre la puerta a denegar el paro por las razones más variopintas.

Se me ocurre, por ejemplo, si insulto gravemente a mi jefe, y me despide, ¿también he forzado el despido? ¿Habría tenido mi jefe que denunciarme en la policía? ¿Habría tenido yo que recurrir el despido? ¿Dónde se pone el límite?

Creo que en la instancia superior ésta sentencia va a ser corregida.

Dicho lo cual, lo que realmente no tiene ni pies ni cabeza es darle el paro a quien es despedido disciplinariamente, que es lo que habría que cambiar, pero claro, cómo va a hacer eso un gobierno tan progresista como el que tenemos.
 

MarLo

Miembro conocido
Para mi la sentencia no tiene ni pies ni cabeza, porque abre la puerta a denegar el paro por las razones más variopintas.

Se me ocurre, por ejemplo, si insulto gravemente a mi jefe, y me despide, ¿también he forzado el despido? ¿Habría tenido mi jefe que denunciarme en la policía? ¿Habría tenido yo que recurrir el despido? ¿Dónde se pone el límite?

Creo que en la instancia superior ésta sentencia va a ser corregida.

Dicho lo cual, lo que realmente no tiene ni pies ni cabeza es darle el paro a quien es despedido disciplinariamente, que es lo que habría que cambiar, pero claro, cómo va a hacer eso un gobierno tan progresista como el que tenemos.
La otra opción, una propuesta que salió en prensa hace unas semanas

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