Sentencia. Devolver paro en un despido disciplinario por faltas no justificadas

MarLo

Miembro conocido
Interesante sentencia del TSJ de Cataluña, 22 de abril 2024. Una empleada deja de ir al trabajo durante varios días y la empresa tras varios expedientes, hace el despido disciplinario por faltas injustificadas. La trabajadora no manifiesta en ningún momento a la empresa su voluntad de irse de la empresa.

Tras informe de inspección y resolución Sepe que le deniegan la prestación y devolución de lo indebidamente cobrado (4000 euros), el trabajador recurre y finalmente es el TSJ quien considera correcta la resolución del Sepe porque el trabajador "forzó un meramente formal despido disciplinario para ocultar su intención de cese voluntario como real causa de extinción del contrato".

¿La empresa actúo bien?¿Debió tramitar baja voluntaria? La sentencia estima que está bien hecho el despido disciplinario por lo siguiente... "resulta razonable que la empresa no comunicara la baja voluntaria sabedora de la restrictiva doctrina jurisprudencial en materia de comunicación clara y terminante de la voluntad de poner fin al contrato de trabajo... "

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PEDRO

Miembro conocido
Interesante sentencia del TSJ de Cataluña, 22 de abril 2024. Una empleada deja de ir al trabajo durante varios días y la empresa tras varios expedientes, hace el despido disciplinario por faltas injustificadas. La trabajadora no manifiesta en ningún momento a la empresa su voluntad de irse de la empresa.

Tras informe de inspección y resolución Sepe que le deniegan la prestación y devolución de lo indebidamente cobrado (4000 euros), el trabajador recurre y finalmente es el TSJ quien considera correcta la resolución del Sepe porque el trabajador "forzó un meramente formal despido disciplinario para ocultar su intención de cese voluntario como real causa de extinción del contrato".

¿La empresa actúo bien?¿Debió tramitar baja voluntaria? La sentencia estima que está bien hecho el despido disciplinario por lo siguiente... "resulta razonable que la empresa no comunicara la baja voluntaria sabedora de la restrictiva doctrina jurisprudencial en materia de comunicación clara y terminante de la voluntad de poner fin al contrato de trabajo... "

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Sentencia completa en documentos adjunto
Gracias Marlo, había leído algo respecto a esta sentencia. Entiendo que queda claro que la inspección de trabajo "entiende" que dado el criterio de los jueces a las empresas no les queda mas remedio que despedir a los trabajadores que compete a la administración "sabes" si hay fraude.
 

Cachilipox

Miembro conocido
No lo dicen de forma expresa, pero en la sentencia señalan como "prueba de descargo" de la posible complicidad culposa de la empresa la calificación que hizo IT. Una vez asentada esa no complicidad, la sentencia razona y abunda que dado el sistema ultragarantista hacia el trabajador, a las empresas no les queda otra que formalmente llevar las cosas como disciplinarios, donde debieran ser clarísimamente dimisiones.

Ergo.... elucubro que la empresa, tras cursar formalmente el disciplinario fraudulento, pasó todos los datos necesarios a IT.
E IT le devolvió el favor, calificando de forma expresa como no cómplice en el fraude.
 

MarLo

Miembro conocido
Gracias Marlo, había leído algo respecto a esta sentencia. Entiendo que queda claro que la inspección de trabajo "entiende" que dado el criterio de los jueces a las empresas no les queda mas remedio que despedir a los trabajadores que compete a la administración "sabes" si hay fraude.
Más allá de inspección de trabajo, es el TSJ el que considera que la empresa actuó correctamente utilizando el despido disciplinario.

a Inspección, por el informe que aparece en la sentencia, parece que le gustaba más para este caso, la figura del cese voluntario, pero también dice: "No se dan los hechos suficientes para apreciar fraude y connivencia entre empresa y trabajador para poder levantar un acta de infracción, pero si que estamos ante una actitud clara del trabajador afectado de no querer trabajar y por tanto no reúne los requisitos necesarios para poder cobrar la prestación por desempleo tras el despido del día 29-1-2021"
 

MarLo

Miembro conocido
No lo dicen de forma expresa, pero en la sentencia señalan como "prueba de descargo" de la posible complicidad culposa de la empresa la calificación que hizo IT. Una vez asentada esa no complicidad, la sentencia razona y abunda que dado el sistema ultragarantista hacia el trabajador, a las empresas no les queda otra que formalmente llevar las cosas como disciplinarios, donde debieran ser clarísimamente dimisiones.

Ergo.... elucubro que la empresa, tras cursar formalmente el disciplinario fraudulento, pasó todos los datos necesarios a IT.
E IT le devolvió el favor, calificando de forma expresa como no cómplice en el fraude.
El despido no es fraudulento. Lo que se declara fraudulenta es la actuación del trabajador... que forzó un despido disciplinario formalmente correcto para ocultar su intención de cesar voluntariamente. El matiz es importante.
 

CC2019

Miembro activo
Para mi la sentencia no tiene ni pies ni cabeza, porque abre la puerta a denegar el paro por las razones más variopintas.

Se me ocurre, por ejemplo, si insulto gravemente a mi jefe, y me despide, ¿también he forzado el despido? ¿Habría tenido mi jefe que denunciarme en la policía? ¿Habría tenido yo que recurrir el despido? ¿Dónde se pone el límite?

Creo que en la instancia superior ésta sentencia va a ser corregida.

Dicho lo cual, lo que realmente no tiene ni pies ni cabeza es darle el paro a quien es despedido disciplinariamente, que es lo que habría que cambiar, pero claro, cómo va a hacer eso un gobierno tan progresista como el que tenemos.
 

MarLo

Miembro conocido
Para mi la sentencia no tiene ni pies ni cabeza, porque abre la puerta a denegar el paro por las razones más variopintas.

Se me ocurre, por ejemplo, si insulto gravemente a mi jefe, y me despide, ¿también he forzado el despido? ¿Habría tenido mi jefe que denunciarme en la policía? ¿Habría tenido yo que recurrir el despido? ¿Dónde se pone el límite?

Creo que en la instancia superior ésta sentencia va a ser corregida.

Dicho lo cual, lo que realmente no tiene ni pies ni cabeza es darle el paro a quien es despedido disciplinariamente, que es lo que habría que cambiar, pero claro, cómo va a hacer eso un gobierno tan progresista como el que tenemos.
La otra opción, una propuesta que salió en prensa hace unas semanas

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nayade

Miembro activo
Buenos días, recobro este tema porque un trabajador de una empresa que llevamos está faltando a su trabajo. Que yo sepa no está de baja de IT porque no me ha llegado nada.
Ahora, ¿como debemos actuar ante estas faltas de asistencia? esta sentencia me genera duda, ¿es baja voluntaria o es despido disciplinario?
Que yo sepa el trabajador no se ha puesto en contacto con la empresa.

Falta desde el lunes 7.
 

Tácito

Miembro activo
Buenos días, recobro este tema porque un trabajador de una empresa que llevamos está faltando a su trabajo. Que yo sepa no está de baja de IT porque no me ha llegado nada.
Ahora, ¿como debemos actuar ante estas faltas de asistencia? esta sentencia me genera duda, ¿es baja voluntaria o es despido disciplinario?
Que yo sepa el trabajador no se ha puesto en contacto con la empresa.

Falta desde el lunes 7.
Yo entiendo que la empresa tiene que seguir tramitando el despido disciplinario por faltas de asistencia, y mejor si hay una comunicación de apercibimiento previa.
Luego será el SEPE el que tenga que iniciar el trámite de denegación de la prestación.
 

MARTALCAB

Miembro activo
Yo tengo claro que o el trabajador me manifiesta expresamente su intención de causar baja voluntraria o en base al articulo 54.2 a) del ET y concordantes del convenio colectivo a aplicar si los hay, es un despido disciplinario. La sentencia que diga misa.
 

Sadie

Miembro conocido
Pues yo tengo a uno que estuvo de baja por AT , le dieron el alta, me pidió que le arreglara los papeles para el paro, le dije que no, al día siguiente baja por CC. 6 meses después le ha dado el alta inspección por propuesta de la mutua y otra vez que le arregle los papeles . Le he vuelto a decir que no y desde el día 3 que se tenía que haber presentado , que ni se incorpora ni me coge el teléfono. Lo que no voy a hacer es despedirle para que al final obtenga lo que quiere.
 

vivas91

Miembro
Pues yo tengo a uno que estuvo de baja por AT , le dieron el alta, me pidió que le arreglara los papeles para el paro, le dije que no, al día siguiente baja por CC. 6 meses después le ha dado el alta inspección por propuesta de la mutua y otra vez que le arregle los papeles . Le he vuelto a decir que no y desde el día 3 que se tenía que haber presentado , que ni se incorpora ni me coge el teléfono. Lo que no voy a hacer es despedirle para que al final obtenga lo que quiere.
Despido disciplinario por ausencias injustificadas y paralelamente avisas al SEPE y a la Inspección de trabajo, y mas si tienes pruebas de todas las veces que te ha solicitado que le arregles los papeles del paro.
 

Sadie

Miembro conocido
Pues en principio tengo pensado tramitarlo como baja voluntaria. El trabajador recibió un sms donde se le notificaba que le daban el alta. Nos lo reenvió, por eso nos enteramos antes de que nos llegara comunicación del inss. Posteriormente hablamos con él por teléfono y también tengo un whatsapp con confirmación de lectura donde le decía que se tenía que reincoporar...
 

PEDRO

Miembro conocido
Es una sangría esto de "arreglar" los papeles. Nos está pasando a todos, yo ahora mismo tengo una que no viene a trabajar pero que se los arreglemos, y claro como cuenta Sadie, no lo haces y te "pilla" una baja.
Asi que un burofax para pedir que "vuelva", pasan 24 horas y despido.
 

Sadie

Miembro conocido
A mí me sigue alucinado la facilidad que tienen para que el médico les de la baja porque ya me pasó también con otro y no son bajas de 15 días ni de un mes precisamente...
 

Elena-Z

Miembro activo
A mí me sigue alucinado la facilidad que tienen para que el médico les de la baja porque ya me pasó también con otro y no son bajas de 15 días ni de un mes precisamente...
MUy fácil... " me acosan, me siento mal, me dan ganas de hacer barbaridades... si no me da la baja me tomo una caja de pastillas... " y les dan la baja.

Yo sin embargo tengo un caso cercano muy muy grave... y no le daban la baja.

En cuanto al caso concreto... es que es sangrante que un trabajador deje de ir a trabajar sin causa justificada y tenga derecho a paro. Hace años al trabajador de una empresa el SEPE le negó el paro alegando que el paro está para el que quiere trabajar y no tiene trabajo. QUe si no va a trabajar sin causa justificada y lo despiden y ni siquiera reclama en conciliación... pues que parece que muchas ganas de trabajar no tiene.
Sinceramente, me alegré en el alma porque fue un caso de paro apañado que me costó muchas discusiones. Pero es el único caso que conozco así...

Si yo fuera funcionaria del SEPE, estos despidos por faltas no justificadas se quedaban sin paro todos.
 

DANI ML

Miembro conocido
A estas alturas no vamos a descubrir que tenemos un fraude generalizado con las bajas médicas, del que muchos médicos están siendo cómplices
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Yo tengo claro que o el trabajador me manifiesta expresamente su intención de causar baja voluntraria o en base al articulo 54.2 a) del ET y concordantes del convenio colectivo a aplicar si los hay, es un despido disciplinario. La sentencia que diga misa.
Pues a mi justo esta sentencia, que me parece magnífica, es precisamente lo que me tranquiliza.
Porque estamos en el eterno debate, lo hemos comentado muchas veces, típico caso, por "consejo de cuñao", por el motivo que sea, quiero vivir un tiempo sin dar palo al agua y a costa del erario público (que sufragamos todos y que está para lo que está y como los recursos no son infinitos, luego pagan justos por pecadores, con prestaciones más precarias de lo que deberían ser para los que realmente están en la situación prevista y lo necesitan), "desaparezco unos días, paso de los requerimientos para reincorporarme y nada, le empresa me acaba despidiendo y ya tengo el paro (y, ojo!, porque, según cómo lo hayan hecho, igual reclamo la improcencia y saco algún dinerillo estra a cargo de la empresa que me ha puesto en bandeja de plata conseguir el paro)"
Y así nos va. Y más allá del tema moral, lo que a mi me preocupa, más allá del propio impacto del caso concreto, es el predecente y el "efecto llamada que puede tener" si el resto de la plantilla sabe (porque estas cosas se acaban sabiendo) que la empresa (conscientemente o no) está facilitando la labor de conseguir el paro cuando me interesa.

Es por ello que, cuando se plantea el tema, yo siempre soy partidario de mantener la firmeza, no ceder tan fácilmente ante este tipo de artimañas, ir por la vía de la baja voluntaria por abandono del puesto de trabajo (sin paro), pero consciente también, y siempre lo advierto, de la importancia de hacer las cosas, bien, el tiempo y trámites que eso puede llevar (al final se trata, por supuesto, no de dar de baja voluntaria al espabiladillo prófugo a las primeras de cambio, pero, siendo el objetivo que quede de forma suficientemente evidente la voluntad por parte del trabajador de desvincularse de la empresa, a falta de una manifestación expresa por su parte, puede evidenciarse de una forma tácita, pero, por desgracia, es algo que no está expresamente regulado, es muy casuístico, y toca acudir a jurisprudencia, artículos doctrinales... y, como digo, eso normalmente requiere de tiempo, acciones... no un simple aviso o requerimiento, advertencias muy claras, formales, normalmente varias, plazos prudenciales, no de hoy para mañana...). Sé que en ocasiones eso requiere un esfuerzo titánico y no siempre exento de riesgos y que, además, yo siempre hablo desde la prespectiva directamente de la empresa (parte especialmente interesada y con una visión que suele ir más allá del caso concreto, como digo, pensando también en el precedente, etc.). Ya imagino, y sobretodo pensando en clientes, riesgos... la tentación de ir por la vía, aparentemente, más fácil, rápida y "segura" (ojo con eso, la seguridad la puede dar la confianza de que el trabajador probablemente no reclamará porque es justo eso lo que busca, es su "premio", pero ya sabéis, que se entienda que hay connivencia por parte de la empresa...) puede ser grande.
Ante eso yo también siempre suelo hacer referencia a que en ocasiones (normalmente casi siempre), el mantener esa linea clara y ya de inicio, suele tener efecto disuasorio (al ver el trabajador que la empresa no está por la labor de ponérselo tan fácil) y no es necesario hacer ese esfuerzo titánico, incluso no llegaremos a dar de baja por abandono de puesto (el trabajador acaba "apareciendo", ante lo que la empresa puede adoptar las medidas disciplinarias que considere oprtunas y que no necesariamente han de ser justo el "premio" esperado, que es el despido o simplemente comunicando ya de forma expresa, su decisión de causar baja voluntaria y, por otro lado, como ya he comentado, esa actitud firme de la empresa puede ser disuasoria de cara a los que en el futuro puedieran tener esa misma tentación. Por tanto, ese esfuerzo ante un caso concreto, al final, tal vez no requiera de tanto esfuerzo (y riesgos) y nos evite situacione futuras (por tanto, acabe siendo rentable).

Por eso, sentencias como estas me resultan de un gran alivio (despido pero sin el premio del paro). Pero ojo, por lo que parece, en ese caso la empresa, no ha optado por hacer ese esfuerzo titánico y no exento de riesgos de ir por la vía de la baja voluntaria por abandono de puesto de trabajo, ha ido por la del despido, pero se ha cuidado muy bien de poner al corriente de ello a la Inspección ("que sepa que despido a este trabajador, fulanito de tal, con DNI tal, por ausencias justificadas, pero teniendo constancia de que lo que pretende es obtener la prestación de desempleo, forzando a la empresa, que no tenia ninguna intención previamente en este sentido, a exinguir la relación laboral por despido").
Así sí, olé por esa empresa, olé por el inspector de turno y olé por los magistrados que han dictado tal sentencia.
Así sí que estupendo de ir por la vía del despido. Pero, ojo! no todas las empresas que en casos así optan por la vía del despido, actúan exactamente como esta empresa.

Perdón por el ladrillo, pero, en resumen, que la sentencia, pero en primer lugar, la forma en que lo ha resuelto esta empresa (y es que las dos cosas van ligadas) me parece genial.

Saludos.
 
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