sentencia historica

ANUSKILLA

Nuevo miembro
PERMISOS RETRIBUIDOS. CÓMPUTO. INTERPRETACIÓN DEL CONVENIO. Si el día en el que se produce el hecho que justifica el permiso no es laborable, el permiso por matrimonio, nacimiento de hijo o fallecimiento de familiar se inicia el primer día laborable que le siga. Para los supuestos de accidente, enfermedad grave u hospitalización, el día inicial de disfrute debe entenderse el primer día laborable que siga a aquél en que se produjo el hecho que da derecho al permiso. Se estima el recurso de casación.
 

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Nando_bcn

Miembro conocido
ANUSKILLA dijo:
... Para los supuestos de accidente, enfermedad grave u hospitalización, el día inicial de disfrute debe entenderse el primer día laborable que siga a aquél en que se produjo el hecho que da derecho al permiso. Se estima el recurso de casación.

Conozco la sentencia, relativa al caso concreto del convenio de Contact Center (pero que, ciertamente, parecen criterios extrapolables en general ya que el matiz del convenio venía por el literal "desde que ocurra el hecho causante" respecto al inicio del disfrute de los permisos, matiz o literal que dicho convenio no utiliza para caso del permiso por enfermedad grave... de familiar), pero no acabo de ver lo que en tu resumen indicas respecto al inicio del disfrute del permios por accvidente, enfermedad grave, etc. de familiar, ya que para este caso (y como debe siceder en general), el propio convenio indica que puede iniciarse desde el mismo día en que sucede el hecho causante (lo que sucede es qe da cierta flexibilidad, hasta 10 días, pero nada impide que pueda iniciarse desde el mismo día del hecho causante. Es decir, si ese día es laborable, puede empezarse ese mismo dia (como ocurre con el resto de permisos) pero puede diferirse, mientras se disfruten los 3 dias que en este caso el convenio en cuestión contempla para este caso, dentro de los 10 días naturales contados desde el día del hecho causante inclusive.

Saludos
 

Noviembre

Miembro
El otro día una trabajadora que tuvo un hijo por cesárea me pidió los días por hospitalización e intervención quirúrgica, quería alargar la baja de maternidad unos días, le dije que la baja de maternidad empieza en el nacimiento y que se superponían los días, así que no tenía días por hospitalización y no hubo problema, ahora dudo... si puede aplazar los días de la hospitalización hasta su reincorporación después de la maternidad
 

Mr. White

Miembro activo
Ella no tiene permiso retribuido por su propia hospitalización, el permiso es por hospitalización de familiares hasta segundo grado de ella, por lo que no se superponen, y a mayores, no se puede aplazar lo que no existe...

Lo que sí se suporponen y se pierden son los días por nacimiento de hijo...el padre los disfruta, la madre los palma...y el hijo/a es el mismo...
 

FERNANDO

Miembro conocido
Ummm, aquí podría haber duda doctrinal, Mr. White: el permiso por nacimiento de hijo lo pierde la madre, pues se solapa. Yo creo que eso vulnera el principio de igualdad y, los dos días, los puede hacer la madre una vez acabe su permiso de maternidad. Debate al canto. :D
 

Mr. White

Miembro activo
Yo también lo creo, el papá disfruta dos días, la mamá no, y el bebé es el mismo.

También creo que es muy simple de solucionar e igualar añadiendo al 37.5 ET una simple frase: "Se tendrá derecho a disfrutar los dos días de permiso por nacimiento de hijo o hija al finalizar el periodo de suspensión por maternidad".
 
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