Buenos días: Le reconocen una INCAPACIDAD PERMANENTE en sentencia, nos pide la liquidación y le exijo al abogado que antes nos envíe una carta de la trabajadora optando por la rescisión de la relación. Nos envía carta una diciendo que tiene "unas patologías que la hacen imposible en la actualidad realizar su profesión habitual y notifico mi NO INCORPRORACION a la empresa". Y añade que "sin que se produzca la ruptura de la relación laboral manteniendo en todo caso mi derecho a lo dispuesto en el art. 48 ET"
OK, la conservamos el puesto de trabajo y entonces es SUSPENSION no EXTNCION, pero ¿¿¿qué código de baja utilizaríais para la TGSS?
GRACIAS!!!!
OK, la conservamos el puesto de trabajo y entonces es SUSPENSION no EXTNCION, pero ¿¿¿qué código de baja utilizaríais para la TGSS?
GRACIAS!!!!