Si disuelven las cortes...

toni

Miembro conocido
Constitucionalmente si hay disolución de cortes no se puede legislar, vais a seguir enviando los datos de las empresas?

Estos legislan a base de notired...
 

toni

Miembro conocido
La pregunta es, en el BOE estaba recojido como obligatorio? Es que paso ahora de volverlo a leer...
 

Niema

Miembro activo
segun leimos en la carta del consjeo de graduados sociales de badajoz si no recuerdo mal, la asesoría jurídica del colegio decía que el boletín de noticias red no era una norma, sino un boletín que explica el funcionamiento de un sistema informático (creo que no utilizaba la palabra informático pero más o menos venía a referirse a esto).
En este sentido, si se disuelven las cortes no se puede legislar, y si la comunicación de datos no está incluida en ningún boe porque no es siquiera un decreto ley, solo aparece en el boletín de noticias red, hasta que punto podría considerarse que se comete una infracción sobre algo que no está legislado? solo expresado en un boletín de noticias ?
 

MARTALCAB

Miembro activo
Constitucionalmente si hay disolución de cortes no se puede legislar, vais a seguir enviando los datos de las empresas?

Estos legislan a base de notired...
lo mismito pensé yo, opino lo mismo....y además nos vamos de vacaciones legislativas una temporada, descansamos de RD.
 

toni

Miembro conocido
Esperemos que nos dejen un par de meses tranquilos que ya lo tenemos bien...
 

MarLo

Miembro conocido
La ley de familias, con sus tres permisos nuevos, a la nevera.


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MiriamSR

Miembro conocido
Adjunto lo que decía la disposición transitoria única del RD 504/2022 al respecto de los autónomos ya dados de alta. Nada decía de las empresas.
 

Archivos adjuntos

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MarLo

Miembro conocido
Esto está en el Boe, hay que meter estos datos en nuevas altas y autónomos ya dados de alta:

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Lo que hace TGSS aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid, es filtrar la entrada de estos datos a través de un nuevo registro de empresas NET. Asi lo entiendo yo. Lo que se podría discutir es que tengamos que meter datos que ya constan en la administración. Pero esto es así con o sin elecciones.

En mi modesta opinión, no nos libramos. Si hay cambio, los que vengan no creo que ya cambien la forma de trabajar en la TGSS e INSS. El recorte de servicios y atención pública se queda.
 
Última edición:

toni

Miembro conocido
Que no nos libramos compas... Pero pienso hacer lo que estoy haciendo, hasta septiembre nada. Lo de los RETAS y CNO ya lo tengo (bueno, la becaria) y las empresas a esperar.
 

MarLo

Miembro conocido
No, Marlo. Se ha de informar en empresas y también en actividades autónomos: dos veces, vamos.
hola, pero para autónomos ya dados de alta, por gestión de actividades, si son societarios desde hace tiempo, ahí ya no tocamos nada... quiero decir, que los datos más al detalle de participación, retribución si o no, control efectivo, prueba en contrario y toda esa historia, eso va por empresa colectiva en comunicación de personas vinculadas. Pregunto.
 

MarLo

Miembro conocido
Se han de rellenar ambas: por empresa y, luego, por actividad autónomo.
vamos en pañales, Fernando, y los casia no son muy fiables, pero al compañero Pedro en este casia le contestaran lo siguiente


Descripción:

Aun no tengo clara la cuestión de la anotación de las actividades de los RETA por la opción de GESTIÓN DE ACTIVIDADES, así que les adjunto un pantallazo con los datos de un cliente, el cual realiza su actividad a través de una SL. Hecho por el cual he procedido a anotar condición de PERSONA VINCULADA a la sociedad, pero una vez esto tengo la duda si debo anotarlo también por GESTIÓN DE ACTIVIDADES con independencia de que la actividad es de la sociedad, el no está de alta en el IAE ninguna actividad a título individual.

¿Lo tengo que anotar igualmente? pues si voy por la otra opción de MODIFICACION ACTIVIDAD RETA ya aparece que está de alta ya en la actividad de transporte ¿No es contradictorio que ya aparece de alta y volver a anotarlo otra vez?

Gracias
Resolución del Caso

Buenas tardes.

El servicio de GESTIÓN DE ACTIVIDADES se utiliza cuando el trabajador realiza MÁS DE UNA ACTIVIDAD, en cumplimiento de la obligación de comunicar todas sus actividades, aparte de la actividad asociada al alta. Si sólo tiene una actividad, no tiene que usar este servicio. Como Vd. bien dice, ya está anotada la actividad.

Si cambia de actividad, pero sigue teniendo una sola, debe usar el servicio de "modificación de actividad".

Y si cambia de condición como autónomo ( p.ej. socio de sociedad), debe usar el servicio "modificación de la condición".

PERO, con los datos aportados he comprobado que la empresa de la cual es societario su cliente tiene VARIAS actividades de alta en IAE, y entonces sí tiene que anotarlas todas mediante el servicio GESTIÓN DE ACTIVIDADES, que sirve para registrar, tanto las actividades que realiza el autónomo como persona física, como las que realizan las empresas en las que participe.



Es decir, yo entiendo que lo más lioso (cargos, porcentajes, etc...) va por persona vincula a empresa y en gestión de actividades sólo entramos de nuevo cuando el autónomo tiene varias actividades o la SL tiene varias actividades dadas de alta en hacienda. Perdona, porque ya creo que esto lo hablasteis en otros hilos, pero estoy cogiendo carrerilla para ponerme en junio con esto (actividades autónomos en junio y empresas para septiembre (como Toni por si hay novedades)), y lo que se dice en este casia me "casa" más con lo que estoy leyendo en los boletines red.
 
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