SMI 2025 (ABRO HILO PORQUE YA MISMO HAY QUE PONERSE CON LAS NOMINAS DE ENERO)

TMT

Miembro activo
Acordaros que los 2 ultimos años era la propia TGSS la que giraba la L03 y en varios NOTIS dejaba claro que para no duplicar los pagos no hicieramos nosotros la liquidacion de atrasos...
Entonces si no se hacen atrasos como pagas esa cantidad de enero? le pones un concepto no cotizable porque si lo cotizas lo estarás haciendo 2 veces. Mis nóminas cambiadas desde enero.
 

toni

Miembro conocido
Los dos últimos años, un concepto que tributa, pero no cotiza porque ya me cotiza la Seguridad Social por mí y ningun ploblema.

Pero todo esto a la espera de un próximo notired, mientras tanto no hago nada.

Además que vas a cambiar, algo que todavía no está ni en borrador???
 
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Petrus

Miembro conocido
Entonces si no se hacen atrasos como pagas esa cantidad de enero? le pones un concepto no cotizable porque si lo cotizas lo estarás haciendo 2 veces. Mis nóminas cambiadas desde enero.
puedes hacer un atraso en el programa pero no comunicarlo a la segu porque ellos ya te han hecho la liquidación, así tendrías todo en orden y cuadrado en gastos
 

TMT

Miembro activo
puedes hacer un atraso en el programa pero no comunicarlo a la segu porque ellos ya te han hecho la liquidación, así tendrías todo en orden y cuadrado en gastos
Claro porque hacerlo como Tony la parte obrera la asume la empresa y no el trabajador. Por eso cambio las nóminas porque esto va a salir publicado seguro y además creo recordar que no es necesario convalidarlo en el congreso ( igual me equivoco), pero el año pasado no recuerdo esa convalidación.
 

Seni

Miembro activo
Yo ya hice las nóminas cuando tengamos claro el SMI definitivo pues ya veré. Yo filosofía Cholista día a día, decreto a decreto 😞
 

MCS

Miembro activo
Entonces si no se hacen atrasos como pagas esa cantidad de enero? le pones un concepto no cotizable porque si lo cotizas lo estarás haciendo 2 veces. Mis nóminas cambiadas desde enero.
Yo el año pasado las metí en las nóminas del mes siguiente con concepto atrasos SMI y después hice liquidación de atrasos (que ya no hare mas)
 

toni

Miembro conocido
Claro porque hacerlo como Tony la parte obrera la asume la empresa y no el trabajador. Por eso cambio las nóminas porque esto va a salir publicado seguro y además creo recordar que no es necesario convalidarlo en el congreso ( igual me equivoco), pero el año pasado no recuerdo esa convalidación.
El año pasado salio mediante un Real Decreto, yo hasta que no vea otro decreto, quieto parao, pero si te quedas mas tranquilo "palante"

Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2024.​

 

toni

Miembro conocido
Claro porque hacerlo como Tony la parte obrera la asume la empresa y no el trabajador. Por eso cambio las nóminas porque esto va a salir publicado seguro y además creo recordar que no es necesario convalidarlo en el congreso ( igual me equivoco), pero el año pasado no recuerdo esa convalidación.
Si esta exenta de cotizcion la empresa no asume nada, y si asi fuera, que serian, 4-5 euros?
 
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