Subrogación trabajador de una empresa a otra

FJRQ

Miembro
Hola,tengo la siguiente duda y es la primera vez que me surge. Empresa que me solicita subrogarse a un trabajador específico de otra empresa, a efectos de conservar la antigüedad de este. ¿Es posible hacerlo y cómo cumunicaría esta situación en SEguirdad Social y en el Sepe con su contrato de trabajo?.Gracias.
 

toni

Miembro conocido
En TGSS todo el mismo dia:

Empresa subrogada baja con clave 55, hay quien utiliza la 54 o la 99, pero las 3 son validas.
Empresa subrogante alta al dia siguiente marcando la pestaña FIC poniendo aqui la fecha de antiguadad en la empresa subrogada.

En SEPE:

Gestión de subrogación de empresa
 

PEDRO

Miembro conocido
En TGSS todo el mismo dia:

Empresa subrogada baja con clave 55, hay quien utiliza la 54 o la 99, pero las 3 son validas.
Empresa subrogante alta al dia siguiente marcando la pestaña FIC poniendo aqui la fecha de antiguadad en la empresa subrogada.

En SEPE:

Gestión de subrogación de empresa
Toni ¿Tu comunicas al SEPE las subrogaciones? Te lo pregunto, porque cuando habilitaron este apartado en la aplicación llamé a la oficina pues tenía trabajadores para subrogar con contratos desde el año 1975 que no tenían número de registro al ser tan antiguos y me contestaron desde allí dijeron que no era obligatorio.
 

toni

Miembro conocido
Hola Pedro, si tengo los contratos con su registro si que lo comunico por la opcion que hay en el contrat@, si no tengo los datos no se puede, pero si te digo la verdad, no se si es obligatorio o no como te han dicho.

Un saludo.
 

PEDRO

Miembro conocido
Hola Pedro, si tengo los contratos con su registro si que lo comunico por la opcion que hay en el contrat@, si no tengo los datos no se puede, pero si te digo la verdad, no se si es obligatorio o no como te han dicho.

Un saludo.
Gracias, yo hasta la fecha, salvo que fuera un temporal que tuviera que luego hacer una prórroga, nunca lo hice.
 

MAMENBS

Nuevo miembro
Buenos días,
Tengo que subrogar a los trabajadores de una SL (va a quedar inactiva), a uno de los socios de la misma, con nuevo CCC como persona física. ¿Qué clave de baja en SEg Social se utiliza, la 54 o la 55? No tengo claro que sea una segregación, que sería la 55. ¿Qué opinais?
 

toni

Miembro conocido
Da lo mismo que pongas 54, 55 que 99, lo importante es que cuando los des de alta en la nueva marques el FIC.
 
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