Subrogacion

Caslaboral

Miembro conocido
Bunos diaaas!

Pregunta. En una subrogacion, voy a poner el FIC especifico, y me pone que el tipo de contrato no es el correcto (que no coincide con el FIC). Es de un contrato muy antiguo, que entiendo que primero era temporal (402) y que posteriormente se transformo a indefinido (189). El sistema solo me ha dejado seguir con el codigo 402.

Esta mal hecho esto? porque ahora el codigo de contrato que tengo en el alta es 402, cuando el contrato es indefinido... Lo deberia anular y hacer el FIC del 189 (fecha que no tengo) o lo dejo con el 402 y con fecha del mismo dia del alta lo cambio a 189?
 

EstefaníaMJ

Miembro conocido
Bunos diaaas!

Pregunta. En una subrogacion, voy a poner el FIC especifico, y me pone que el tipo de contrato no es el correcto (que no coincide con el FIC). Es de un contrato muy antiguo, que entiendo que primero era temporal (402) y que posteriormente se transformo a indefinido (189). El sistema solo me ha dejado seguir con el codigo 402.

Esta mal hecho esto? porque ahora el codigo de contrato que tengo en el alta es 402, cuando el contrato es indefinido... Lo deberia anular y hacer el FIC del 189 (fecha que no tengo) o lo dejo con el 402 y con fecha del mismo dia del alta lo cambio a 189?
¿Con el 100 no te deja?, Sino, con el que te deje y pide por casia que te cambien el código contrato.
 

Sadie

Miembro conocido
Creo que en el FIC específico tienes que poner la fecha de cuando se transformó a indefinido

Mecanización alta subrogación entre empresas o grupo de empresas​

El alta del trabajador en el nuevo código de cuenta de cotización se deberá comunicar exactamente la misma situación contractual que tenía en el anterior CCC al día siguiente de la baja, acompañado siempre de la marcación de la casilla FIC específico y la fecha de inicio de contrato.

La Fecha de inicio de contrato:
Deberá indicar la fecha de la última variación de contrato, si no tuviese variación, será la fecha de inicio del mismo contrato.

¿Por qué?
El FIC busca enlazar la situación del contrato anterior y si ha habido una variación de por medio, el contrato no coincidirá y no se podrá efectuar la subrogación, te pongo este ejemplo sencillo:
El trabajador causa alta el 01-01-2016 con un contrato temporal, posteriormente, en la misma empresa fue transformado a indefinido a fecha 01-06-2017. Al realizar el alta por subrogación deberá marcar la casilla FIC e indicar en el apartado fecha inicio de contrato, la fecha 01-06-2017.
Si se pusiera una fecha distinta a esta, es decir, ya sea la fecha 01-01-2016 u otra, el error será el siguiente:
4796* EL TIPO CONT. INTRODUCIDO NO COINCIDE CON EL DEL FIC ESPEC.
 

EstefaníaMJ

Miembro conocido
Yo no veo poner como FIC la fecha de la transformación, porque entonces ya no estás respetando toda la relación laboral. Estás respetando el último movimiento.
 

MarLo

Miembro conocido
+1 para fic del último movimiento en el idc. Yo con las subrogaciones voy al idc del trabajador, y pongo el tipo de contrato y fecha que ahí aparece en el último movimiento
 

Petrus

Miembro conocido
Yo cuando hago una subrogación, al dar de baja en un CCC te sale el IDC del trabajador y tienes la fecha de ese contrato que puede ser 189 o 100, ya que a veces cambian el codigo de contrato con los años. Yo uso ese para el FIC especifico y sin problema ya que estoy anotando el ultimo que tiene anotado.
 

EstefaníaMJ

Miembro conocido
+1 para fic del último movimiento en el idc. Yo con las subrogaciones voy al idc del trabajador, y pongo el tipo de contrato y fecha que ahí aparece en el último movimiento
¿No lo veis incongruente con la subrogación?

Me explico:

Yo empiezo a trabajar con @MarLo el 01/01/2018 con un contrato eventual 402 y el 31/12/2018 se me transforma a indefinido.
@Petrus me subroga y me hace un escrito que me subroga en iguales términos, condiciones y respetando mi antigüedad.

En mi vida laboral con @MarLo aparece un movimiento del 01/01/2018 cód 189

@Petrus me da de alta con fecha fic 31/12/2018 cód 189

🤯 Perdonadme, pero no lo veo.

Casi con total seguridad sea como lo decís vosotros, últimamente no doy pie con bola. Pero yo no lo veo.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Nosostros, en las subrogaciones, los contratos cón códigos 189, 150, 109 (que ya habían agotado la bonificación), los damos de alta como 100, ya que de pretender mantener esos otros código, da error, y en el fondo, si son contratos indefinidos, ya sean iniciales con bonificación, transformaciones a indefinidos, con y sin bonificación, si a día de hoy no tienen bonificación, en la práctica son 100.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Otra cosa es que quieras mantener una bonificación vigente, o por ejemplo un contrato temporal vigente (como contrato temporal) en el momento de la subrogación (ahí si es importante, y ojo, que tal vez no hablo del todo con propiedad, porque no me ocupo directamente del trámite) identificar el FIC
 
Última edición:

EstefaníaMJ

Miembro conocido
Nosostros, en las subrogaciones, los contratos cón códigos 189, 150, 109 (que ya habían agotado la bonificación), los damos de alta como 100, ya que de pretender mantener esos otros código, da error, y en el fondo, si son contratos indefinidos, ya sean iniciales con bonificación, transformaciones a indefinidos, con y sin bonificación, si a día de hoy no tienen bonificación, en la práctica son 100.
@Nando_bcn no vengas a pinchar que no teníamos problemas con los códigos :ROFLMAO: :ROFLMAO: :ROFLMAO:
El debate lo radica la fecha fic que es la fecha inicial del contrato.

A lo que yo digo que si mi contrato inicia el 01/01/2018 con 402 y se me transforma el 31/12/2018.
La empresa subrogante la fecha fic debe conservar el 01/01/2018 y no el 31/12/2018

Me intentan explicar que se pone 31/12/2018, pero yo no lo veo.
 
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