SUBROGACIONES

Argi

Miembro conocido
Pues que suerte la vuestra. A mí Casia me ha dicho que "La TGSS no informa de claves de baja, por tener todas ellas consecuencias laborales."
y solo les ha faltado eso de "A cascarla a Ampuero".

En mi caso indicaré la 55 (más que nada por la rima).

Se trata de una subrogacion de trabajadores de limpieza de una empresa cesante a otra diferente (propietarios, cif, ccc...) que ha cogido la ccontrata municipal.
 

IVO

Miembro conocido
Pues que suerte la vuestra. A mí Casia me ha dicho que "La TGSS no informa de claves de baja, por tener todas ellas consecuencias laborales."
y solo les ha faltado eso de "A cascarla a Ampuero".

En mi caso indicaré la 55 (más que nada por la rima).

Se trata de una subrogacion de trabajadores de limpieza de una empresa cesante a otra diferente (propietarios, cif, ccc...) que ha cogido la ccontrata municipal.
¿no informan de claves de baja? Y quien las ha creado entonces?
 
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Nando_bcn

Miembro conocido
Más allá de las consecuencias o ausencia de ellas que pueda tener indicar una clave distinta, en principio, y salvo novedad:

- la 54 (además de para otra diversidad de causas de baja) está prevista para movimientos entre empresas del mismo grupo o cambio de CCC dentro de una misma empresa que pueda tener más de un CCC.

- y la 55 para casos de subrogación como consecuencia de fusiones, absorciones y segregaciones de empresas y siempre que supongan un cambio de CCC (por ej. he visto casos de fusiones entre empresas, en la práctica tal vez podríamos entenderlos más como de absorción, en los que la nueva entidad, aunque con diferente denominación, estructura, dimensión... ha mantenido el CCC de una de las empresas integradas. Los trabajadores del resto de empresas se han subrogado con clave de baja 55 y los que pertencían a la del CCC que se mantiene en la nueva empresa, con esos nada, es un simple cambio de denominación de empresa).

- la 99 no corresponde a ningún tipo de subrogación, ya que es justo el código de baja "cajón de sastre" para los supuestos para las que no se ha fijado una clave específica.
 
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Naialaboral

Miembro conocido
Buenos días, ¿qué código en SEPE hay que usar? Muchas gracias.

Aqui indican lo que hay que presentar, al SEPE en principio no hay que enviar nada
 

IVO

Miembro conocido
Por cierto,

tuve un caso de una subrogacion y puse la 55 y al preguntar por un error que me dio me dijo que la 55 si solo es pasar un trabajador de una empresa a otra que usara la 54 que luego la 55 puede tener problemas al no haber documentacion juridica de absorcion o fusion
 

PEDRO

Miembro conocido
Por cierto,

tuve un caso de una subrogacion y puse la 55 y al preguntar por un error que me dio me dijo que la 55 si solo es pasar un trabajador de una empresa a otra que usara la 54 que luego la 55 puede tener problemas al no haber documentacion juridica de absorcion o fusion
Ojo con la 55, y te lo digo porque lo tuve en noviembre. Esta clase se usa en los casos de fusiones-absorciones, y me comentó que en el momento que se usa esa clave la empresa queda de baja en el sistema.
Y es verdad, una vez procedí solo me dejó a acceder por Red a algunos pocos procesos de cotización, pero en afiliación a nada.
 
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