Salvo mejor opinión, tendrías que abonar y cotizar todas las vacaciones que haya generado y no disfrutado desde la fecha de la baja hasta la fecha de la resolución de la incapacidad.Toni una pregunta, acaba de llegarme la resolucion de incapacidad total del trabajador. ¿Desde qué dia tengo que contarle las vacaciones? porque como es de 2022, son casi dos mil euros de vacaciones desde que se dio la baja medica hasta que le dieron de baja con código 65, (que imagino que sólo tendría que pagar cotizaciones). Y, otro cosa, abrir periodo para liquidar las vacaciones las puedo hacer el mes que vine? este mes las tengo confirmadas y es que no se hacerlo