Buenos Tardes,
Tengo una consulta , resumo , tengo un cliente administrador único de una sociedad , sin trabajadores , la empresa en situación delicada , le sale una oferta de empleo , cursamos la baja del 036 en la AEAT de la sociedad , con fecha 31 de Mayo de 2014 , y la presento la baja de autónomos en la administración el 17 de Junio, con el 036 de 31.05.2014 , le comento que pagara el mes entero del autónomo, sin problemas.
En la resolución de la baja de la TGSS aparece como fecha efectos de la baja el 30.06.2014 , con lo cual al intentar apuntarse como demandante de empleo para la oferta , el día 18 de junio , le dicen, que no que aparece hasta el 30.06.2014. Es correcto ? Es decir si la baja de la actividad es de 31.05.2014 aunque la presente el 17.06.2014 la resolución no debe de ser de fecha 31.05.2014 , siendo evidente que el mes de Junio se lo pasaran por la cuenta y lo debe pagar , alguna orientación
muchas gracias.
Tengo una consulta , resumo , tengo un cliente administrador único de una sociedad , sin trabajadores , la empresa en situación delicada , le sale una oferta de empleo , cursamos la baja del 036 en la AEAT de la sociedad , con fecha 31 de Mayo de 2014 , y la presento la baja de autónomos en la administración el 17 de Junio, con el 036 de 31.05.2014 , le comento que pagara el mes entero del autónomo, sin problemas.
En la resolución de la baja de la TGSS aparece como fecha efectos de la baja el 30.06.2014 , con lo cual al intentar apuntarse como demandante de empleo para la oferta , el día 18 de junio , le dicen, que no que aparece hasta el 30.06.2014. Es correcto ? Es decir si la baja de la actividad es de 31.05.2014 aunque la presente el 17.06.2014 la resolución no debe de ser de fecha 31.05.2014 , siendo evidente que el mes de Junio se lo pasaran por la cuenta y lo debe pagar , alguna orientación
muchas gracias.