tema baja autónomo

alejop

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Buenos Tardes,
Tengo una consulta , resumo , tengo un cliente administrador único de una sociedad , sin trabajadores , la empresa en situación delicada , le sale una oferta de empleo , cursamos la baja del 036 en la AEAT de la sociedad , con fecha 31 de Mayo de 2014 , y la presento la baja de autónomos en la administración el 17 de Junio, con el 036 de 31.05.2014 , le comento que pagara el mes entero del autónomo, sin problemas.
En la resolución de la baja de la TGSS aparece como fecha efectos  de la baja el 30.06.2014 , con lo cual al intentar apuntarse como demandante de empleo para la oferta , el día 18 de junio , le dicen,  que no que aparece hasta el 30.06.2014. Es correcto ? Es decir si la baja de la actividad es de 31.05.2014 aunque la presente el 17.06.2014 la resolución no debe de ser de fecha 31.05.2014 , siendo evidente que el mes de Junio se lo pasaran por la cuenta y lo debe pagar  , alguna orientación
muchas gracias.
 

Clo

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Hola alejop,
Tienes 6 días naturales para tramitar una baja de autónomo en plazo. Si la presentaste más tarde te saldrá fuera de plazo, y eso lo tienes que arreglar con un escrito solicitando que pongan en plazo la fecha de efectos en tgss adjuntando dni+baja censal. Pero eso lo tienes que hacer sino te van a cobrar junio. De hecho seguramente ya estará la orden de cobro enviada. Dile a tu cliente que de orden al banco para no pagarlo. Y haz el escrito ya para que pueda inscibirse!
 

alejop

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Gracias por tu interés ,
te comento , vengo ahora de la administración , el tema del pago de junio ,me comentan que  no lo puedo evitar por la sencilla razón que se tramito fuera de plazo en la aeat , fecha 17 de Junio con fecha de efectos 31 de Mayo , lo que si me comentan que puede cambiar es la fecha de resolución de la baja para que no sea de fecha 30.06.2014 , sino con fecha 31 de Mayo , que es cuando consta que ceso la actividad , con lo que entiendo si podrá aparecer en Junio , como desempleado. gracias
 

ikosta

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Pues o se me escapa algo o la persona que te ha informado lo ha dicho todo mal.
La baja de Hacienda no está fuera de plazo (el plazo es de un mes).
Si dices que te  han modificado la fecha de efectos a 31/05 tu cliente no tiene que pagar el recibo de Junio, en este caso que diga al banco que lo devuelva porque ya están tramitadas las órdenes de domiciliación.
Si no te han regularizado la fecha de baja a la real, deberás volver a tu Administración con el modelo 036 y un recurso de alzada para que te lo hagan.

Por cierto, en mi Administración estos temas ya no los tramitan presencialmente, te obligan a presentarlo todo por Registro Electrónico de solicitudes, ¿os pasa lo mismo a vosotros?
 

MAJOGA

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Hola, en mi administracion me dijeron la semana pasada que las altas si que me las tramitaran pero las bajas ya no, se tendra que hacer telematicamente.
 

macis

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Pues yo este mes he presentado bajas de autonomos y no me han dicho nada, no me han dicho que lo tenga que hacer telematicamente. :-\
 
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