Tema plan de pensiones Construcción

Siux

Miembro
Entonces hay que darles de alta en Vida Caixa aunque no se aporte por ellos por estar por encima de tablas a fecha 31/01/24 por tener un salario pactado bruto mayor?

Y sabéis si en los atrasos de 2022 y 2023, en los casos que los trabajadores no hayan estado todo el año trabajando por que entraron a mitad de año no se hacen?

Gracias por la info @Siux !!
Pues parece que sí hay que informarlos aunque no se hagan aportaciones por ellos, pero en cualquier caso, intentad hablar con alguien de la Caixa que lo pueda confirmar.

Con respecto a los trabajadores que no hayan estado todo el año, no entiendo a qué refieres. Tendrás que calcular atrasos de aquellos que estén de alta en el momento de la integración, es decir, a 1 de febrero, independientemente de la fecha en la que entraran a formar parte de la plantilla, y si cuando se dieron de alta, independientemente de la fecha, lo hicieron con unas condiciones mejoradas por encima de convenio cumpliendo los requisitos que se exigen, estarían exentos.
 

Cecilia Alcap

Miembro activo
Con respecto a los trabajadores que no hayan estado todo el año, no entiendo a qué refieres. Tendrás que calcular atrasos de aquellos que estén de alta en el momento de la integración, es decir, a 1 de febrero, independientemente de la fecha en la que entraran a formar parte de la plantilla, y si cuando se dieron de alta, independientemente de la fecha, lo hicieron con unas condiciones mejoradas por encima de convenio cumpliendo los requisitos que se exigen, estarían exentos.
Me pareció leer en el otro post que hay del tema del PPSC que si un trabajador no había estado el año completo no había que hacer las aportaciones de los años 2022 o 2023... Me parecía raro, yo estaba calculando las aportaciones proporcionales al tiempo que haya estado cada trabajador que corresponda. Debí entender mal!
 

anuskillas

Miembro conocido
Hay que hacer atrasos de todo trabajador que se encuentre de alta en fecha 1/2/24. , del resto nó hay que hacer ningun tipo de atraso. La excepcion unicamente serian los fijos discontinúos.
 

Kalin

Miembro activo
Hola, los que tenéis empresa de construcción en Bizkaia, como estáis haciendo???? Por lo que tengo entendido, aqui se esta a la espera de que se desarrolle una EPSV especifica para este tema. Alguien puede confirmar algo al respecto??
Buenas, a nadie de Bizkaia se le ha planteado esta duda??? En Comisiones Obreras no me cogen, en Ascobi tampoco ni responden emails, en Vidacaixa tampoco responden y el de la CNC que no lo sabe seguro, que habrá que estar al convenio provincial
Como vais a hacer los que teneis empresas de construccion en Bizkaia??
 

Sonia_Azkayo

Nuevo miembro
Buenas, a nadie de Bizkaia se le ha planteado esta duda??? En Comisiones Obreras no me cogen, en Ascobi tampoco ni responden emails, en Vidacaixa tampoco responden y el de la CNC que no lo sabe seguro, que habrá que estar al convenio provincial
Como vais a hacer los que teneis empresas de construccion en Bizkaia??
Kalin, a mi en la CNC me respondieron que había que esperar al EPSV propio de Bizkaia, que están en ello y en ASCOBI lo mismo
 

Mafaldasur2

Miembro activo
Yo es que voy a hacer lo posible para que lo gestionen ellos. Desde el programa de nóminas puedo obtener un Excel que les remitiría a ellos. Es que si no es más trabajo extra aún que evidentemente hay que facturar...
Siux, estoy contigo... no se que demonios pintamos metiéndonos en Seguros de los clientes, por muy obligatorios que sean. Máxime cuando según se ve, esto es un programa piloto para derivar a la Jubilación Privada al resto de Sectores.
 

ANGELACEBRI

Nuevo miembro
Hola, acabo de hacer un webinar realizado con un Inspector de trabajo.
Según le he entendido, estaríamos dentro de la legalidad si a partir de ahora, se firma un acuerdo entre empresa y trabajador, para
desvincularse la empresa del convenio general de construcción respecto a ese articulo del plan de pensiones, pagarle en la nomina ese 1% directamente al trabajador y olvidarnos del plan de pensiones.
Los atrasos, de los años anteriores, dejarlos pasar y si luego los reclama seguridad social, lo único que tendría que abonar seria el 20% de recargo
que opináis?, a mi me ha gustado la opción, hablaba, que es una barbaridad esto de plan y sobre todo obligarte hacer las aportaciones en una empresa en concreto, esta fuera de la legalidad.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Opino Angela que estoy de acuerdo. Pero lo ideal sería que alguien interpusiese demanda a nivel colectivo contra el articulito de marras que regula el plan de pensiones.
 

Inma.2

Miembro conocido
Hola, acabo de hacer un webinar realizado con un Inspector de trabajo.
Según le he entendido, estaríamos dentro de la legalidad si a partir de ahora, se firma un acuerdo entre empresa y trabajador, para
desvincularse la empresa del convenio general de construcción respecto a ese articulo del plan de pensiones, pagarle en la nomina ese 1% directamente al trabajador y olvidarnos del plan de pensiones.
Los atrasos, de los años anteriores, dejarlos pasar y si luego los reclama seguridad social, lo único que tendría que abonar seria el 20% de recargo
que opináis?, a mi me ha gustado la opción, hablaba, que es una barbaridad esto de plan y sobre todo obligarte hacer las aportaciones en una empresa en concreto, esta fuera de la legalidad.
es muy lógico lo que dices, a mi todo esto me chirría desde el primer momento... pero como nos tiramos nosotros así a la piscina, aconsejando a nuestros clientes que no aporten al plan.... la verdad es que me da miedo....
 
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