TIPO DE DESPIDO

VaneAlon

Miembro conocido
Buenos días,

Tengo un trabajador del sector hostelería el cual ha faltado 3 días a trabajar este mes de Octubre (4,5 y 6), ¿puedo hacerle un despido disciplinario por faltas injustificadas al trabajo? En la ordenanza pone que es falta muy grave Tres o más faltas de asistencia al trabajo en el período de 30 días.
Si es así¿ desde que día le puedo hacer el despido?

Un saludo y gracias
 

elchuske

Miembro conocido
No tan rápido. Mandale el burofax advirtiéndole,  que luego sale con que le dio una lipotimia perdió el conocimiento y estas perdido .
Yo creia que las ordenanzas estaban derogadas . NO?
 

CHARO

Miembro conocido
Estoy con el chuske, yo enviaría antes un burofax para que justifique, si puede, sus faltas de asistencia, antes de hacer nada.
 

AL1978

Miembro conocido
En mi opinión:

1- Burofax pidiendo la justificación de las faltas.
2- Si no la hubiera yo me decantaría con una sanción de empleo y sueldo, de acuerdo al CC en la tipificación.
No te encuentres luego con una sanción desproporcionada (el despido) por 3 faltas injustificadas.
3- Habría que tener en cuenta antigüedad en la empresa, y si el trabajador ha sido sancionado anteriormente.
4- ¿Podrás probar esas faltas de asistencia, no?
 

VaneAlon

Miembro conocido
Buenos días,

Las faltas se pueden probar con testigos, ya que es un bar, en el convenio de hosteleria de Álava me remite al IV Acuerdo Laboral de Ámbito Estatal para el sector de la Hostelería que es hay donde están tipifcadas las faltas.

¿Con qué fecha puedo hacer el despido?

Un saludo.
 

Mr. White

Miembro activo
Si está regulada como falta muy grave, tienes 60 días que la empresa tuvo conocimiento (prescripción corta) y, en todo caso (con matices), a los 6 meses de haberse cometido.

Art. 60.1 ET.

De todas formas, mira el Convenio y Acuerdo Estatal a ver qué dice sobre plazos y forma de practicar el despido (si se da audiencia previa al trabajador o Comité de Empresa para que haga alegaciones...).

Finalmente, coincido con lo compis en que prepararía antes el terreno...burofax, etc... además, no hay prisa, tienes casi dos meses para ejecutar el despido...

 

fundación

Miembro conocido
En hostelería tendrás que ir al ALEPH, Acuerdo Laboral Estatal, que en su capítulo VI, arts. 34 al 41, viene regulado el régimen disciplinario.
 

VaneAlon

Miembro conocido
Ya se que tenemos tiempo lo que ocurre es que la empresa lo quiere darle ya la carta de despido para que no vuelva, es por eso por lo que pregunto que fecha de despido puedo poner, el mismo día que falto o la puedo hacer a fecha de hoy?

Nunca me había visto en esta situación y estoy bastante perdida.

Un saludo.
 

Raquel GR

Miembro activo
Yo como mis compañeros insisto en el burofax, puede aparecerte con un parte de baja y eso en un juzgado no lo ganas, ¿teneis noticias de el a día de hoy?

Pero si la empresa se empeña y has advertido de los riesgos, la fecha del despido no puede ser anterior a la de la comunicación, o sea que si la haces hoy pues como mínimo de hoy y el tipo de despido pues.. disciplinario por faltas de asistencia.
 

Mr. White

Miembro activo
Puedes poner cualquiera de las dos fechas... ahora bien, si la empresa no quiere esperar, yo pondría la de hoy, pues habría dado cierto margen al trabajador a justificarlas...aunque lo dicho, yo daría más margen al trabajador para justificarlas...si te las justifica mañana - las ausencias son de 4, 5 y 6 de octubre-, y despides hoy, que prepare la pasta la empresa de la indemnización por improcedente o los salarios de tramitación, pues es claramente desproporcionado...
 

VaneAlon

Miembro conocido
Es que el trabajador tampoco quiere seguir en la empresa, es por eso lo del tema de este despido.

Muchas gracias a todos.
 

AL1978

Miembro conocido
Yo te comento como va esto por aquí:

Y ya conozco varios casos, despido de trabajador con cierta antigüedad por tres faltas de asistencia, con testigos (casi de parte)

1. Despido casi organizado, cojo paro, no reclamo y tal cual..... REVISION POR INSPECCION DE TRABAJO

2. Entran los calores y no perder tiempo le das la carta despido disciplinario faltas asistencia y nos encontramos son una reclamación con un parte baja (date por ... en el juzgado) o una sentencia del juzgado que determine una exageración el despido por 3 faltas justificadas sin mediar ni siquiera una amonestación.

Cualquiera de los dos te pone en un momento delicado a ti y a tu cliente

Haz caso a los compis que son profesionales (yo lo intento)

- Solicita justificación por escrito de manera fehaciente
- Y si no comparece podrías actuar o incluso una interpretación de abandono de puesto de trabajo

PD: Evitar apaños que se les meta a en la cabeza a los clientes
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Je, je, je, no sé porque, pero ya iba intuyendo que eso del despido es algo que probablemente está esperando el trabajador (por eso de momento me abstenia de intervenir).
Por que claro, la empresa no le preocupan todas esas precauciones que los compañeron están sugeriendo de inicio porque presume que el trabajador no va a impugnar el despido,
Por que es evidente que un despido en esas condiciones, de impugnarlo, el trabajador tiene todas la ganar para conseguir la improcedencia. Y... no sería la primera vez que alguna empresa se lleva una sorpresa en ese sentido, cuando pensando que el trabajador despedido sólo quería que "le arreglaran los papeles del paro" y luego va y reclama y claro, como todo se hizo chapuceramente (pero justo pensando en hacer las cosas bien, es decir, "esto de los papeles del paro vamos a arreglarlo bien, con un despido como Dios manda, porque vaa faltar unos dias y...").
En cualquier caso, y más allá del riesgo de que el trabajador acabe reclamando y de cuaqluier juicio moral que me ahorro, existe el riesgo que alguien ha apuntado. Es más, más allá de la mera sospecha de fraude por parte del SEPE, desde junio pasado se exige que, al solicitar la prestación de desempleo, se acredite el pago de la indemnización o, al menos, que el despido ha sido impugnado.
Bueno, si el final están dispuestos a pagar la indemnizacion legal por despido, no habrá problema, pero para eso ya no hace falta preocuparse de si la sanción es ajustada al convenio, las pruebas, prescripción, etc,, no?

En fin, ya sé que cada uno tiene que lidiar con lo que le toca, pero como sé que estas cosas pasan, como a la que te das una vuelta por ciertos foros ves de forma sistemática recetas de cómo "conseguir que me despidan y cobrar el paro"  siendo una de las clásicas esa de "tu desaparece de la empresa 2 o 3 dias y ya verás".

No, yo no estoy por fomentar este tipo de ideas y prácticas. Es por eso que cuando alguien pregunta sobre el tema, incluso no necesariamente con la idea o conciencia de estar siguiendo el juego al trabajador que justo pretende que le despidan para conseguir el paro (y a veces algo más),  y aunque sé que también es dificil, siempre aconsejo lo de ir paso a paso, burofax con  advertencias, dar márgnes de tiempo prudenciales y si vemos que justo lo que buscan es el despido, y si podenos hacerlo con ciertas garantías, responder sistematicamente con sanciones, cada vez mayores, pero sin que necesariamente lleguen al despido (empleo y sueldo) y que ´normalmente serán bastante disuasorias para que el trabajador siga intentandolo.

Y por eso, justo cuando veo que algunos compañeros, sin duda con buena intención y rigor técnico, recomiendan el despido como unica opción no puedo evitar el pensar, venga, ya estamos dando la razón a esos que fomentan este tipo de recetas para obtener la prestación de desempleo para situaciones para las que, en`principio, no está concebido.

Saludos

 

jcg73

Miembro activo
Chapeau Nando, conmigo no cuelan estas busquedas de despido. Que desaparece el ttjador? Como decis: burofax al canto (aqui ya van casi 30 €) y si no se presenta, se le advierte que entendera  que cesa voluntariamente. Ah, que no puede cobrar el paro?? Entonces volvamos a empezar
 

Iker

Miembro
Hola,

La verdad es que no iba a postear este hilo, pero finalmente me veo en la obligación, al menos moral, de opinar al respecto.

El caso es que yo no lo veo tan claro. Si el trabajador te quiere fastidiar te fastidia. Esto es la realidad. Todos lo hemos vivido en alguna ocasión en las empresas que gestionamos. Que los empresarios no son la madre Teresa de Calcuta. Vale, es cierto. Lo sabemos todos. Pero como pilles un trabajador con ganas de hacerte la puñeta la llevas clara. Denuncia a la inspección de trabajo por tal o cual cosa, y ya sabemos como están ultimamente los inspectores. Creo que Sandrita también lo sabe. Prácticamente cualquier expediente que reciben es digno de sanción. Yo llevo 6 este año y todos menos 1 han terminado en sanción. Algunas justas pero otras no tanto. Incluso he salido de inspecciones con la extraña sensación de impotencia ante el acoso al que me vía sometido. O haces esto o sanciono. Así de claro...
Pero bueno, el caso es que si quieren te pillan una baja por depresión y ya hablaremos del asunto. Ansiedad, acoso, etc..etc.. me aperturan expedientes constantemente, me quieren despedir disciplinariamente para que vaya de la empresa con una mano delante y la otra detrás. En fin, la cosa está muy malita para ser empresario hoy en día. Esa es la realidad. Creo que mayoritariamente lo vemos en el día a día. El trabajador no tiene absolutamente nada que perder. El autónomo currito que no sabe de vacaciones, ni de horarios, ni de bajas por enfermedad,  puede perder gran parte de sus ahorros por no decir patrimonio, si da con algunas perlas que yo me sé.

 

CHARO

Miembro conocido
Es más, yo he enviado Burofax  solicitando al trabajador justifique sus faltas de asintencia, y en caso de que no, entenderíamos que renuncia a su puesto de trabajo. Tras reclamarnos porque ejecutamos baja voluntaria, acabamos ganando el caso en el Juzgado de lo Social, eso si, el trabajador estuvo minado de burofax avisandole  de que justificara sus faltas de asistencia.Pero efectivamente el trabajador penso que sería despedido, e iría al paro que era lo que andaba buscando, le salió mal la jugada.
 
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