Vamos a desplazar trabajadores a EEUU, ¿siguen cotizando integramente a la Seguridad Social española? entiendo que mantienen su relación laboral con nuestra empresa (española).
¿ó debe hacerles contrato la empresa estadounidense?
la siguiente pregunta que se me plantea, ¿aquellos pluses salariales que tengan por su desplazamiento y aquellos otros (alojamiento y demás) están exentos de tributación y cotización? porque los ha percibido en EEUU ¿Ó está excluido todo el salario de esos dos años de tributacion en España?
¿ó debe hacerles contrato la empresa estadounidense?
la siguiente pregunta que se me plantea, ¿aquellos pluses salariales que tengan por su desplazamiento y aquellos otros (alojamiento y demás) están exentos de tributación y cotización? porque los ha percibido en EEUU ¿Ó está excluido todo el salario de esos dos años de tributacion en España?