Transición sustitución Riesgo Embarazo a Maternidad

Tronchacadenas

Miembro conocido
Sustitución por riesgo de embarazo, al pasar a situación de maternidad se puede realizar nuevo contrato, comunicar cambio de contrato en afiliación sin que la persona sustituta esté un día desempleada. Pueden producirse problemas con las bonificaciones?
Gracias
 

Ro

Miembro activo
Ningún problema. Es lo correcto. Afiliación, TGSS no se toca. Sólo nuevo contrato firmado y registrado SEPE con causa maternidad en vez de riesgo.
 

JAVIER_R

Miembro activo
Pero se harían dos nóminas? Porque el inss va a tener constancia de ese paso de fin de riesgo a inicio maternidad, una sola nómina es un tramo, pero para el inss no serían dos tramos?
 

Argi

Miembro conocido
Hola,
Para la sustituta un tramo. Para la sustituida dos tramos. Yo si la empresa tiene claro que quiere a la misma persona para cubrir las dos contingencias en el mismo contrato indico que la casusa es sutitutción por riesto y posterior maternidad.
Eso sí, por Contrat@ comunico el inicio del segundo contrato, indicando la maternidad.
Un saludo,
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Dos nóminas pero habría que refundir los tramos de la sustituta en uno solo, porque si en afiliación no se toca nada en el IDC va a aparecer un solo tramo.
 

Ichitaka Seto

Miembro activo
Buenos días:

a finales de mes o principios de Abril, se me plantea esta transición y no acabo de entenderos bien por los tramos que decís.

Ya cuando hice el contrato de interinidad, siguiendo el consejo de otro hilo, indiqué que se prorrogaría al periodo de maternidad. Por tanto, de la sustituta sólo tengo que comunicar el inicio ¿por modificación? de contrato de sustitución por maternidad.

Pero, en cuanto a la sustituida, ¿hay que hacer alguna modificación en TGSS? ¿Se encarga la Mutua de hacer la comunicación a la SS? ¿Hay que entregar alguna documentación (libro de familia, .... ) a la Mutua o TGSS para el cobro de la prestación de maternidad?

Salu2. :cool:
 

CC2019

Miembro activo
Yo no toco nada en afiliación y hago una modificación del contrato inicial indicando que la trabajadora también va a hacer la sustitución durante el período de maternidad, comunicandolo al SEPE.

Anteriormente hacía baja y alta, pero como muchas veces me comunicaban la maternidad con retraso y tenía que andar lidiando con Casia poniendo altas y bajas en plazo empecé a hacerlo así y hasta el momento ningún problema.

La nómina de la sustituta es única, y según las fechas incluye parte de riesgo y parte de maternidad.
 

Veguilla

Nuevo miembro
Hola buenos días, para no perder días de bonificación y no tener problemas, si es la misma persona la que va a cubrir riesgo por embarazo y posterior maternidad, en el contrato "No hay que poner fecha de finalización" y en cláusulas o anexo poner que sustituye riesgo y posterior maternidad, así no hay que tocar nada en afiliación ni en contrat@.
Si por el contrario, en el contrato pones fecha de finalización -fin de riesgo , en Seguridad Social no tienes que hacer nada, pero en contrat@ sí, tendrás que comunicar un nuevo contrato que te dará error "No está apuntado al desempleo" y como el SEPE no puede modificar la causa, tendrás que presentar escrito explicando el caso y diciendo que hay continuidad en la bonificación para que lo modifiquen.
 

Ichitaka Seto

Miembro activo
Buenos días:

me han llamado de la empresa para decirme que la trabajadora dió a luz ayer por la noche. Por lo que comentáis, como al comunicar en afiliación la baja por riesgo y la sustitución no puse fecha de fin de contrato por lo que no tengo que tocar nada; y en el contrato puse como cláusula adicional "el presente contrato se podrá extender al periodo de maternidad de la trabajadora sustituida". ¿Creéis que esto basta para no tener que tocar nada tampoco en contrat@?

Gracias por vuestra colaboración.

Salu2.
 

Ichitaka Seto

Miembro activo
¿Nadie ha tenido que realizar un "traspaso" de embarazo de riesgo a maternidad recientemente, que me pueda aclarar qué comunicar?

Salu2.
 

Mc

Miembro activo
Hola buenos días, para no perder días de bonificación y no tener problemas, si es la misma persona la que va a cubrir riesgo por embarazo y posterior maternidad, en el contrato "No hay que poner fecha de finalización" y en cláusulas o anexo poner que sustituye riesgo y posterior maternidad, así no hay que tocar nada en afiliación ni en contrat@.
Si por el contrario, en el contrato pones fecha de finalización -fin de riesgo , en Seguridad Social no tienes que hacer nada, pero en contrat@ sí, tendrás que comunicar un nuevo contrato que te dará error "No está apuntado al desempleo" y como el SEPE no puede modificar la causa, tendrás que presentar escrito explicando el caso y diciendo que hay continuidad en la bonificación para que lo modifiquen.
A mi hace tiempo que no me toca ... pero yo siempre he realizado baja sustitucion riesgo , mandaba al paro un dia y alta por sustitucion maternidad . Es lo que hacia para no tener problemas con las bonificaciones pero ya te digo hace tiempo que no me toca . Y si pones un Casia ? Quizas te den la alternativa que explican ...
 

MarLo

Miembro conocido
¿Nadie ha tenido que realizar un "traspaso" de embarazo de riesgo a maternidad recientemente, que me pueda aclarar qué comunicar?

Salu2.
hola en este hilo, pegaba un par de contestaciones de la administración sobre este tema. A ver si te valen

 
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