Hola a todos:
Ayer pude leer que el PP con el apoyo de FORO han aprobado una enmienda para reducir la ultraactividad de los convenios a un año. Esto quiere decir que una vez caducado el convenio hay un año (antes eran dos) para negociar otro, si no se llega a acuerdo, el convenio desaparece y nos vamos a uno superior. Si al superior le pasa lo mismo, nos vamos al Estatuto de los Trabajadores, y por tanto, como ya no hay tablas salariales aplicamos SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL. Ocurre que tengo un convenio que caducaba el 31/12/2010, según la primera redacción de la Reforma Laboral se abría un período hasta el 31/12/2012 para aprobar un nuevo texto, pero con la nueva variación, el período terminaría el 31/12/2011, por lo que EL CONVENIO YA NO ESTÁ EN VIGOR. ¿Es correcto este planteamiento? ¿Si no hay convenio estatal, ni tablas, ya se podría aplicar el SMI?.
Ayer pude leer que el PP con el apoyo de FORO han aprobado una enmienda para reducir la ultraactividad de los convenios a un año. Esto quiere decir que una vez caducado el convenio hay un año (antes eran dos) para negociar otro, si no se llega a acuerdo, el convenio desaparece y nos vamos a uno superior. Si al superior le pasa lo mismo, nos vamos al Estatuto de los Trabajadores, y por tanto, como ya no hay tablas salariales aplicamos SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL. Ocurre que tengo un convenio que caducaba el 31/12/2010, según la primera redacción de la Reforma Laboral se abría un período hasta el 31/12/2012 para aprobar un nuevo texto, pero con la nueva variación, el período terminaría el 31/12/2011, por lo que EL CONVENIO YA NO ESTÁ EN VIGOR. ¿Es correcto este planteamiento? ¿Si no hay convenio estatal, ni tablas, ya se podría aplicar el SMI?.