vacaciones

Crisgogo

Nuevo miembro
Un trabajador empieza un contrato con una duración anual, el 2 de abril de 2018 hasta el 1 abril de 2019.
El convenio colectivo establece el computo de vacaciones anuales de 22 días laborales.

El trabajador hasta el 31 de diciembre debe disfrutar de la parte proporcional a los 22 días laborales por el periodo trabajador desde el 2 de abril al 31 de diciembre, y el resto del 1 enero al 1 de abril 2019?

Las vacaciones se regulan por años naturales, contados desde 1 de enero a 31 de diciembre, si el trabajador no trabaja todo el año siempre se computa la parte prorpocional no?

Es una pregunta básica de primero, pero estoy algo saturada, y la empresa me ha hecho dudar y me gustaría confirmarlo con vosotros,

Gracias!
 
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