Yo si, se hace por altas, no por modificacion.Imagino que naide lo ha hecho aún....
El BNR 1/2023 no establece ningún criterio de "elusión" de esta información.que opináis sobre la comunicación en PERSONAS VINCULADAS de aquellos socios que no trabajen para la sociedad, y por tanto no deban estar incluidos en ningún régimen??? creéis que se han de informar igualmente???
Pues por Altas de empresaComo por altas?
Se hace por altas de empresa, no por modificacion de empresas.... Pero como no tiene trtabajadores, no podras asignartela, pero si te puedes asignar a los RETA.Como por altas?
Para hacerlo te tienes que autorizar a los RETA y luego un CASIAtienes razón Fernando, acabo de probar con un par y me dice... "no existen datos" (y lo he hecho por ALTAS)
Toni help!
ahhhhhhhhPara hacerlo te tienes que autorizar a los RETA y luego un CASIA
Mira la pagina 16 del 1/2023.
Me perdía con vuestro tema. Entiendo que tenemos que en en la BASE DE DATOS DE PERSONAS VINCULADAS tendremos que grabar aquellas que TRABAJAN para la sociedad, no aquellos socios que son meros capitalistas con independencia de sus participaciones. Yo puedo tener el 100% de la sociedad y no trabajar porque he nombrado un administrador ¿O tengo que grabar a todo el "quisque"?El BNR 1/2023 no establece ningún criterio de "elusión" de esta información.
Aunque a mi entender, esa voluntad "totalizadora" de la TGSS es más un piscinazo del ministro Escribá que no otra cosa.
Si por el % de participación no se puede presumir un criterio de inclusión, y efectivamente no trabajan ni prestan servicios (son meros socios capitalistas pasivos), y además, no hay problemas con participaciones cruzadas (sea por familiares, sea por sociedades interpuestas), no informar de estos socios y sus %, no constituiría un ilícito.
Ahora bien, precisamente la intención del fichero de base de datos de personas vinculadas es efectuar un control exhaustivo de que tanto los afiliados están correctamente encuadrados (RETA quien sea RETA, RGA o RG quien corresponda), así como de aquellos otros que no figurando afiliados, debieran estar afiliados.
Si ese control de legalidad lo haces tú, lo haces bien, y te la juegas...... Piensa que de aquí en adelante la TGSS va a tener TODOS los datos relevantes que también tenga la AEAT, y que lo que no les cuadre por cruces de datos, van a "preguntar".
Según el BNR 1/2023, en el fichero de personas vinculadas, va todo Dios.Me perdía con vuestro tema. Entiendo que tenemos que en en la BASE DE DATOS DE PERSONAS VINCULADAS tendremos que grabar aquellas que TRABAJAN para la sociedad, no aquellos socios que son meros capitalistas con independencia de sus participaciones. Yo puedo tener el 100% de la sociedad y no trabajar porque he nombrado un administrador ¿O tengo que grabar a todo el "quisque"?
Entonces logicamemente nada Fernando, pero si hay un RETA se hace como comento.No se ha de comunicar,, Toni, porque no tienen a nadie obligado a darse de alta en RETA
En comunidades de propietarios, entidad tipo H:30 (objeto social 2; registro de la propiedad 02), no es necesario informar de los socios o comuneros ni de su tipo.Otra pregunta tonta (la segunda de hoy)... Las comunidades de propietarios que tienen a un conserje o una limpiadora tambien se a de comunicar? Como el CIF tambien empieza por 9...
EDITO: Lo acabo de ver en el manual, Cdad, de propietarios en regimen de propiedad horizontal, pero que se pone, el presi de la cdad? Me pierdo yo ahora...