Buenas, y perdona por responder a los días. La cuestión es que mi superior me pide fundamento de derecho peor avalar mi opinión, jurídicamente hablando digamos ¿ Que normativa indica que es así?Alta normal y en el programa lo pones de IT.
Mil Gracias, voy a echarle un vistazo.Si el trabajador en situación de baja médica está incluido entre los empleados que han de ser objeto de llamamiento, la empresa ha de solicitar el alta en el Régimen General de la Seguridad Social, con carácter previo a la fecha prevista para la reincorporación, iniciándose la obligación de cotización por éste al Régimen General de la Seguridad Social (STS, rec. 1239/2007 de 30 de junio de 2008).
- Orden de 6 de noviembre de 1989 por la que se establece un sistema especial de inscripción de empresas y de afiliación, altas y bajas en el Régimen General de la Seguridad Social para los trabajadores fijos discontinuos, que prestan servicios en empresas de estudio de mercado y opinión pública, regulando las peculiaridades en orden a determinadas prestaciones.
- Arts. 29, 30 y 32, Real Decreto 84/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social.
- Art. 12-14 del Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social.
- Arts. 169 y ss. delReal Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
- STS n.º 669/2016, de 14 de julio de 2016, ECLI:ES:TS:2016:4075: se manifiesta el derecho de los trabajadores fijos discontinuos que se encuentran en situación de IT a ser dados de alta con cotización por sus empresas cuando les corresponda el llamamiento al inicio de campaña o en la reanudación de la misma.
- STS n.º 53/2022, de 20 de enero de 2022, ELCI:ES:TS:2022:229: el plazo de caducidad en caso de falta de llamamiento de un trabajador fijo discontinuo en situación de incapacidad temporal comienza partir del momento en que el trabajador tuviese conocimiento de la falta de convocatoria.
Creo que tu superior tendra bastante...
Toni, perdona, le cursas el alta, pero ¿NO tienes que grabarle enviar el fichero con la base reguladora para el pago de la prestación de IT por la empresa?Alta normal y en el programa lo pones de IT.
Entiendo que en este caso, al ser paternidad, sí que habría que comunicar las basesTe lo comento porque yo tuve un caso, y ahora me viene otro, donde un trabajador durante la suspensión de la actividad su mujer tuvo un bebe y solicitó la paternidad, por lo que entiendo que la empresa tendrá que grabar la base en el INSS y el solicitar la prestación por las semanas que le resten.
Sí ha sido culpa mía, porque pensaba que podría transformar a indefinido y seguir con jornadas reales...Debes de hacer el llamamiento aunque este de IT, darlo de alta en SS y ponerlo en tal situacion en tu programa de nominas, aunque deberias de haber esperado a hacer todo a que estubiera de alta de IT.
Voy a jugarmela a rectificarlo, he enviado casia para que me hagan la baja por fin contrato y que el trabajador pase a pago directo... ya cuando se haya dado de alta medica le volveremos a contratar aynsss espero estar haciendolo bien que rolloDebes de hacer el llamamiento aunque este de IT, darlo de alta en SS y ponerlo en tal situacion en tu programa de nominas, aunque deberias de haber esperado a hacer todo a que estubiera de alta de IT.
Y te ha funcionado. Lo dudo, no puedes despedirlo estando en IT. dime si tehan acepatod ese casi y que intervalo de timepo ha pasado entre la baja de inactividad y el casia.Voy a jugarmela a rectificarlo, he enviado casia para que me hagan la baja por fin contrato y que el trabajador pase a pago directo... ya cuando se haya dado de alta medica le volveremos a contratar aynsss espero estar haciendolo bien que rollo
Toni eres un crack. La verdad. Yo tengo este trabajador en inactividad desde hace ya 9 meses y poco puedo hacer que no sea incorporarlo un par de meses y volver a ponerlo en inactividad cuando pase el periodo del llamamiento porque lo vinculare a cubrir vacaciones. No se me ocurre otra cosa.Debes de hacer el llamamiento aunque este de IT, darlo de alta en SS y ponerlo en tal situacion en tu programa de nominas, aunque deberias de haber esperado a hacer todo a que estubiera de alta de IT.
Me lo pudieron cambiar y tramité yo la baja porque estaba en plazo, pasaron dos días...Y te ha funcionado. Lo dudo, no puedes despedirlo estando en IT. dime si tehan acepatod ese casi y que intervalo de timepo ha pasado entre la baja de inactividad y el casia.