Hola compañeros. Quería comentaros el siguiente tema. Hasta ahora me han ido llegando las regularizaciones por exceso y en tramo y no le he echado más cuentas al tema. Pero al llegar hoy la lista de las regularizaciones que tendrán que pagar ha habido varias que me han llamado poderosamente la atención porque no deberían estar ahí y me he puesto a comprobar con los ya regularizados. Para mi sorpresa compruebo que las cuentas que hace la TGSS son las siguientes:
Bases cotizadas divididas entre los días en alta, sin que como alta se tenga en cuenta los meses que se haya cobrado prestación o que hayan servido de base de cálculo para la prestación. Hasta ahí todo normal. Dicen además que esos meses no son regularizables.
El problema viene a la hora de regularizar con los ingresos, que los dividen también por esos dias
disparando el resultado de los meses restantes cuando ha habido IT o maternidad paternidad. Vale que quites los días que has cobrado, pero todo el mes más el anterior o los 6 anteriores en caso de maternidad/paternidad???
Me refiero por ejemplo a una señora que gana 9mil euros en 2023 (solo para de trabajar las 16 semanas y tres días de baja en diciembre del 28 al 31)) y esta de descanso maternal 16 semanas de abril a julio y luego se pone mala e inicia IT el 28 de diciembre. Pues me sacan de la ecuación como no regularizables de enero a julio y además noviembre y diciembre. Hasta ahí lo puedo entender. Pero lo alucinante es que me dividen los 9mil euros de ingresos entre los 3 meses restantes (agosto, septiembre y octubre) y me dicen que sus ingresos son de 3mil euros mensuales y que deber regularizar esos tres meses, porque claro, su base esos meses era inferior, cuando era hasta superior.....
A raíz de esto he revisado todos los casos con maternidad, paternidad e IT y por ejemplo en autónomos que han estado en IT tres veces cortas en el año, le quitan el mes de la IT y el anterior (por base de cálculo) y te dividen los ingresos entre 6 y te los regularizan. Hasta ahora no les había salido a pagar, pero muchos que decían que estaban en tramo, realmente a mi entender habían cotizado de más.
Esto es totalmente injusto y no se como actuar porque no encuentro aclaración en la norma....
Qué opináis??? Como procedo???
Gracias.
Bases cotizadas divididas entre los días en alta, sin que como alta se tenga en cuenta los meses que se haya cobrado prestación o que hayan servido de base de cálculo para la prestación. Hasta ahí todo normal. Dicen además que esos meses no son regularizables.
El problema viene a la hora de regularizar con los ingresos, que los dividen también por esos dias
Me refiero por ejemplo a una señora que gana 9mil euros en 2023 (solo para de trabajar las 16 semanas y tres días de baja en diciembre del 28 al 31)) y esta de descanso maternal 16 semanas de abril a julio y luego se pone mala e inicia IT el 28 de diciembre. Pues me sacan de la ecuación como no regularizables de enero a julio y además noviembre y diciembre. Hasta ahí lo puedo entender. Pero lo alucinante es que me dividen los 9mil euros de ingresos entre los 3 meses restantes (agosto, septiembre y octubre) y me dicen que sus ingresos son de 3mil euros mensuales y que deber regularizar esos tres meses, porque claro, su base esos meses era inferior, cuando era hasta superior.....
A raíz de esto he revisado todos los casos con maternidad, paternidad e IT y por ejemplo en autónomos que han estado en IT tres veces cortas en el año, le quitan el mes de la IT y el anterior (por base de cálculo) y te dividen los ingresos entre 6 y te los regularizan. Hasta ahora no les había salido a pagar, pero muchos que decían que estaban en tramo, realmente a mi entender habían cotizado de más.
Esto es totalmente injusto y no se como actuar porque no encuentro aclaración en la norma....
Qué opináis??? Como procedo???
Gracias.