DESPIDO IMPROCEDENTE

Amanda

Nuevo miembro
Buenos días a todos!

Voy a preparar la carta de un despido disciplinario (en realidad un improcedente). Me preguntaba si este caso también debemos dar audiencia al trabajador o no es necesario.

Gracias!
 

MICA

Miembro activo
Entiendo que no es necesario en este caso, pues la omisión del trámite de audiencia no supondría una nulidad, sino más bien un reconocimiento de una improcedencia.
 

MarLo

Miembro conocido
Buenos días a todos!

Voy a preparar la carta de un despido disciplinario (en realidad un improcedente). Me preguntaba si este caso también debemos dar audiencia al trabajador o no es necesario.

Gracias!
Todo hace suponer que el incumplimiento de la audiencia previa, como para el resto de requisitos formales, acarreará la improcedencia, así que si ya partimos de que se reconocerá el improcedente en caso de que el trabajador lo reclame, es un paso que no es necesario cumplir, pero... el incumplimiento de la audiencia previa podría ser un factor para reconocer una indemnización complementaria (tema que no está del todo cerrado)

 

PEDRO

Miembro conocido
Ahora es un lio esto de la audiencia previa, pues solo hace alargar el proceso y encima los profesionales nos encontramos con el cliente que siempre pone reparos y objeciones a todo.
Ahora mismo tengo una trabajadora que estuvo en IT hasta el 21-04-2025 que solo trabaja los fines de semana, este pasado del 26 y 27 no vino, me llamó el cliente y le dije que procedía requerirla aunque fuese por whatsapp para que viniera a trabajar. Se niega a hacerlo porque dice que igual coge la baja otra vez, así que vamos a espera a este fin de semana a ver si viene o no. Pero ya lo veo el lunes, porque me lo anticipo el cliente, quiere darla de baja voluntaria, tampoco me preocupa es exceso, pues la su salario es muy bajo y la improcedencia sería de unos 100€, pero me preocupa la nulidad.
Yo le digo que si quiere que la de baja voluntaria pero que se lo notifique, pero nada, no hay manera.
 

Naialaboral

Miembro activo
Ahora es un lio esto de la audiencia previa, pues solo hace alargar el proceso y encima los profesionales nos encontramos con el cliente que siempre pone reparos y objeciones a todo.
Ahora mismo tengo una trabajadora que estuvo en IT hasta el 21-04-2025 que solo trabaja los fines de semana, este pasado del 26 y 27 no vino, me llamó el cliente y le dije que procedía requerirla aunque fuese por whatsapp para que viniera a trabajar. Se niega a hacerlo porque dice que igual coge la baja otra vez, así que vamos a espera a este fin de semana a ver si viene o no. Pero ya lo veo el lunes, porque me lo anticipo el cliente, quiere darla de baja voluntaria, tampoco me preocupa es exceso, pues la su salario es muy bajo y la improcedencia sería de unos 100€, pero me preocupa la nulidad.
Yo le digo que si quiere que la de baja voluntaria pero que se lo notifique, pero nada, no hay manera.
Hay algún empresario que es cabezón... y no quiere hacer las cosas bien pero la baja voluntaria.. si demanda la trabajadora por no ser avisada tendrá muchos problemas... y pagar más de los 100 €
 

PEDRO

Miembro conocido
Gracias por contestar.
Como no se deja caer de la "burra" y se niega a abrir un expediente sancionador previo, lo único que se me ocurre decirle es que si la da de baja voluntaria, al menos se lo comunique por whatsapp que se la dio de baja voluntaria por no aparecer a trabajar ni comunicar nada a la empresa. Al menos será improcedente, pero no nulo.
 

Caslaboral

Miembro conocido
Porque no un despido disciplinario? aunque no se de el tramite de audiencia? me parece bastante mas logico que hacer una baja voluntaria por faltar 2 dias...
 

PEDRO

Miembro conocido
Porque no un despido disciplinario? aunque no se de el tramite de audiencia? me parece bastante mas logico que hacer una baja voluntaria por faltar 2 dias...
La verdad que me da un poco de miedo el tema de omitir el inicio del expediente sancionador, que reclame la trabajadora porque diga que es nulo a ver si sale.
Por el contrario con la baja voluntaria sería improcedente mano, o eso creo.
 

PEDRO

Miembro conocido
Es que estamos con las de siempre, porque se lo expliqué al cliente que es necesario iniciar un expediente sancionador, darle al menos 48 horas para alegar y luego despedir. Pues nada, tiene que se ya, pues tiene miedo que se quede de baja médica como hizo antes., por mas que le explico que si le envía el expediente y toma la baja médica después el trabajador, puede despedirle igualmente pues la sanción es anterior a esta y son ya 4 días de inasistencia.
 

Caslaboral

Miembro conocido
A mi me parece que crea mas indefension inventarse una baja voluntaria que hacer un despido sin audiencia... Igualmente, salvo ocasiones muy concretas, creo que hay bastante acuerdo en que omitir ese tramite causaria la improcedencia, no la nulidad.
 

MCS

Miembro activo
Ahora es un lio esto de la audiencia previa, pues solo hace alargar el proceso y encima los profesionales nos encontramos con el cliente que siempre pone reparos y objeciones a todo.
Ahora mismo tengo una trabajadora que estuvo en IT hasta el 21-04-2025 que solo trabaja los fines de semana, este pasado del 26 y 27 no vino, me llamó el cliente y le dije que procedía requerirla aunque fuese por whatsapp para que viniera a trabajar. Se niega a hacerlo porque dice que igual coge la baja otra vez, así que vamos a espera a este fin de semana a ver si viene o no. Pero ya lo veo el lunes, porque me lo anticipo el cliente, quiere darla de baja voluntaria, tampoco me preocupa es exceso, pues la su salario es muy bajo y la improcedencia sería de unos 100€, pero me preocupa la nulidad.
Yo le digo que si quiere que la de baja voluntaria pero que se lo notifique, pero nada, no hay manera.
y enviándole un burofax o carta diciéndole que si no se presenta se le entiende que no quiere ir al puesto y baja voluntaria al día siguiente???
 

PEDRO

Miembro conocido
y enviándole un burofax o carta diciéndole que si no se presenta se le entiende que no quiere ir al puesto y baja voluntaria al día siguiente???
Pues tan fácil como eso, con eso ya tendríamos un trámite de audiencia, le dices que lleva 4 días sin venir a trabajar, que dado que como no ha llamado ni justificado su ausencia la empresa procederá a cursar su baja voluntaria porque entiende que cesa voluntariamente. Pues ya está, si no viene queda como está, si viene se la despide por faltas no justificadas y si mete papeleta, estamos en la mismas. Pero al menos no se crea indefensión.
 

Enjfero

Miembro activo
En estos casos hace años mandaba burofax en los términos que comentáis indicando que si no sabíamos nada en el plazo de x días procederíamos a realizar su baja voluntaria o la sanción disciplinaria correspondiente según convenio hasta el despido si no justificaba las faltas de asistencia.

Si esta muy empeñado sin un burofax previo, yo le haría antes un disciplinario que baja voluntaria, el riesgo es menor para la empresa.
 

PEDRO

Miembro conocido
En estos casos hace años mandaba burofax en los términos que comentáis indicando que si no sabíamos nada en el plazo de x días procederíamos a realizar su baja voluntaria o la sanción disciplinaria correspondiente según convenio hasta el despido si no justificaba las faltas de asistencia.

Si esta muy empeñado sin un burofax previo, yo le haría antes un disciplinario que baja voluntaria, el riesgo es menor para la empresa.
Gracias
 
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