Todo hace suponer que el incumplimiento de la audiencia previa, como para el resto de requisitos formales, acarreará la improcedencia, así que si ya partimos de que se reconocerá el improcedente en caso de que el trabajador lo reclame, es un paso que no es necesario cumplir, pero... el incumplimiento de la audiencia previa podría ser un factor para reconocer una indemnización complementaria (tema que no está del todo cerrado)Buenos días a todos!
Voy a preparar la carta de un despido disciplinario (en realidad un improcedente). Me preguntaba si este caso también debemos dar audiencia al trabajador o no es necesario.
Gracias!
Hay algún empresario que es cabezón... y no quiere hacer las cosas bien pero la baja voluntaria.. si demanda la trabajadora por no ser avisada tendrá muchos problemas... y pagar más de los 100 €Ahora es un lio esto de la audiencia previa, pues solo hace alargar el proceso y encima los profesionales nos encontramos con el cliente que siempre pone reparos y objeciones a todo.
Ahora mismo tengo una trabajadora que estuvo en IT hasta el 21-04-2025 que solo trabaja los fines de semana, este pasado del 26 y 27 no vino, me llamó el cliente y le dije que procedía requerirla aunque fuese por whatsapp para que viniera a trabajar. Se niega a hacerlo porque dice que igual coge la baja otra vez, así que vamos a espera a este fin de semana a ver si viene o no. Pero ya lo veo el lunes, porque me lo anticipo el cliente, quiere darla de baja voluntaria, tampoco me preocupa es exceso, pues la su salario es muy bajo y la improcedencia sería de unos 100€, pero me preocupa la nulidad.
Yo le digo que si quiere que la de baja voluntaria pero que se lo notifique, pero nada, no hay manera.
La verdad que me da un poco de miedo el tema de omitir el inicio del expediente sancionador, que reclame la trabajadora porque diga que es nulo a ver si sale.Porque no un despido disciplinario? aunque no se de el tramite de audiencia? me parece bastante mas logico que hacer una baja voluntaria por faltar 2 dias...
y enviándole un burofax o carta diciéndole que si no se presenta se le entiende que no quiere ir al puesto y baja voluntaria al día siguiente???Ahora es un lio esto de la audiencia previa, pues solo hace alargar el proceso y encima los profesionales nos encontramos con el cliente que siempre pone reparos y objeciones a todo.
Ahora mismo tengo una trabajadora que estuvo en IT hasta el 21-04-2025 que solo trabaja los fines de semana, este pasado del 26 y 27 no vino, me llamó el cliente y le dije que procedía requerirla aunque fuese por whatsapp para que viniera a trabajar. Se niega a hacerlo porque dice que igual coge la baja otra vez, así que vamos a espera a este fin de semana a ver si viene o no. Pero ya lo veo el lunes, porque me lo anticipo el cliente, quiere darla de baja voluntaria, tampoco me preocupa es exceso, pues la su salario es muy bajo y la improcedencia sería de unos 100€, pero me preocupa la nulidad.
Yo le digo que si quiere que la de baja voluntaria pero que se lo notifique, pero nada, no hay manera.
Pues tan fácil como eso, con eso ya tendríamos un trámite de audiencia, le dices que lleva 4 días sin venir a trabajar, que dado que como no ha llamado ni justificado su ausencia la empresa procederá a cursar su baja voluntaria porque entiende que cesa voluntariamente. Pues ya está, si no viene queda como está, si viene se la despide por faltas no justificadas y si mete papeleta, estamos en la mismas. Pero al menos no se crea indefensión.y enviándole un burofax o carta diciéndole que si no se presenta se le entiende que no quiere ir al puesto y baja voluntaria al día siguiente???
GraciasEn estos casos hace años mandaba burofax en los términos que comentáis indicando que si no sabíamos nada en el plazo de x días procederíamos a realizar su baja voluntaria o la sanción disciplinaria correspondiente según convenio hasta el despido si no justificaba las faltas de asistencia.
Si esta muy empeñado sin un burofax previo, yo le haría antes un disciplinario que baja voluntaria, el riesgo es menor para la empresa.