esto es una verguenza. Al final, estan blindando a los trabajadores
Yo también sabía que se declaraba improcedente . nada de nulidad. Si ahora lo cambian... buff"Esta sentencia, aprobada a finales de 2024, significa, según explica el experto, que los empleados "tienen derecho a ser escuchados antes de que la empresa adopte la decisión de despedirlos". Si no es así, el despido es declarado no improcedente, sino nulo"
¿Esto es así? Pensaba que el no realzar el trámite de audiencia conllevaba la improcedencia, no la nulidad.
yo siempre lo entendí así.. pueden pedir el despido nulo"Esta sentencia, aprobada a finales de 2024, significa, según explica el experto, que los empleados "tienen derecho a ser escuchados antes de que la empresa adopte la decisión de despedirlos". Si no es así, el despido es declarado no improcedente, sino nulo"
¿Esto es así? Pensaba que el no realzar el trámite de audiencia conllevaba la improcedencia, no la nulidad.
Eso es así. Yo les aconsejo a mis clientes que se lo piensen muy mucho el contratar a gente, que a menudo es mejor llegar a menos sitios e ir mñas tranquilo.Luego que si no hay emprendedores... pero cómo va a haberlos, si despedir a una persona significa acogerse al santo al que mas devoción profeses
Entiendo que pueden pedir la nulidad si no has hecho el trámite de audiencia previa para que el trabajador pueda contestar, si lo has hecho, te vas a procedencia/improcedencia."Esta sentencia, aprobada a finales de 2024, significa, según explica el experto, que los empleados "tienen derecho a ser escuchados antes de que la empresa adopte la decisión de despedirlos". Si no es así, el despido es declarado no improcedente, sino nulo"
¿Esto es así? Pensaba que el no realzar el trámite de audiencia conllevaba la improcedencia, no la nulidad.
y yopues yo (y en este foro se ha tratado) era de la opinión de que si el despido iba a ser improcedente te podías saltar el trámite de audiencia perfectamente.
Estando de baja y porque te miraba mal o porque te daba la gana, le pagabas los 45 y arreando... pero hace muchos años ya, ahora ni se te ocurra toserle encima que te pide daños morales...Me resulta extraño que declaren la nulidad en tanto en cuanto que los casos de nulidad vienen tasados por el TS, como pueden ser por raza, ideología, género, etc... pero bueno, ya nos hemos encontrado con que las cosas cambian, y sobre todos nuestros ilustres jueces y magistrados. Hace años, Toni fijo que se acuerda, podías despedir a una persona estando de baja, ahora el criterio a cambiado y te tienes que tentar la ropa antes de hacerlo no vaya de solicitar la nulidad. Es mas, el periodo de prueba, antes nada tenías que justificar y nadie se "metía" con ello, ahora lo cesas en IT y te sale una nulidad fijo.
Es así, no tengo conocimiento de sentencia que por incumplir el trámite de audiencia, lo hayan declarado nulo por esa exclusiva causapues yo (y en este foro se ha tratado) era de la opinión de que si el despido iba a ser improcedente te podías saltar el trámite de audiencia perfectamente.