Contrato trabajo Lunes a Jueves 40 horas

VaneAlon

Miembro conocido
Buenos días,

Tengo un cliente el cual va a contratar a una persona 40 horas, pero de Lunes a Jueves, por temas de organización y así a los dos les viene mejor que esas 40 horas se distribuyan en 4 días realizando un horario de 7:00 a 17:30 con media hora de descanso para comer.
¿Se puede realizar así una contratación y reflejarlo en el contrato? ¿Las dos horas que trabaja cada día de mas se consideran horas extras?

Un saludo.
 

SaviR

Miembro activo
E.T. artículo 34.

El número de horas ordinarias de trabajo efectivo no podrá ser superior a nueve diarias, salvo que por convenio colectivo o, en su defecto, acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se establezca otra distribución del tiempo de trabajo diario, respetando en todo caso el descanso entre jornadas.
 

VaneAlon

Miembro conocido
E.T. artículo 34.

El número de horas ordinarias de trabajo efectivo no podrá ser superior a nueve diarias, salvo que por convenio colectivo o, en su defecto, acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se establezca otra distribución del tiempo de trabajo diario, respetando en todo caso el descanso entre jornadas.
Gracias
 

VaneAlon

Miembro conocido
Buenos días,

Volviendo con este tema, me comenta el cliente que ha contratado a un trabajador a través de una empresa de trabajo temporal durante un mes y que en el contrato han indicado que el horario de trabajo es de lunes a jueves 10 horas , ¿esto es posible? ¿Se le pagarían todas las horas normales?

Un saludo.
 

SaviR

Miembro activo
Buenos días,

Volviendo con este tema, me comenta el cliente que ha contratado a un trabajador a través de una empresa de trabajo temporal durante un mes y que en el contrato han indicado que el horario de trabajo es de lunes a jueves 10 horas , ¿esto es posible? ¿Se le pagarían todas las horas normales?

Un saludo.
Tal y como está redactado parece que son 10 horas en los cuatro dias (dos horas y media diarias).

Si son 10 horas diarias, te remito a lo anterior, E.T. Artículo 34.
 

Naialaboral

Miembro conocido
Una jornada máxima diaria legal puede ser de hasta 9 horas, entiendo que no puede ser..., si son a la semana 10 horas , estaría bien
 

VaneAlon

Miembro conocido
Tal y como está redactado parece que son 10 horas en los cuatro dias (dos horas y media diarias).

Si son 10 horas diarias, te remito a lo anterior, E.T. Artículo 34.
Serian 10 horas diarias de lunes a jueves, y desde el viernes tendría descanso hasta el lunes, por eso venia de nuevo la consulta, ya que el cliente no entiende porque yo no se lo quiero hacer si en la ETT se lo hacen.
 

SaviR

Miembro activo
Serian 10 horas diarias de lunes a jueves, y desde el viernes tendría descanso hasta el lunes, por eso venia de nuevo la consulta, ya que el cliente no entiende porque yo no se lo quiero hacer si en la ETT se lo hacen.
  • Convenio: El límite máximo es de 9 horas ordinarias diarias puede ampliarse (por ejemplo, a 10 horas) si así lo establece el convenio colectivo o hay un acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores.
 

SaviR

Miembro activo
Yo entiendo que acuerdo individual con ese trabajador, no sería válido, porque para eso con hacerlo constar en el contrato sería suficiente.
 

Nessa

Miembro conocido
Yo miraría fijamente al empresario y le diría: ¿si viene un inspector y te dice que esto no es legal, y que te va a sancionar... te acordarás de esta conversación? O si el trabajador tiene un accidente y la investigación del accidente decide que en este trabajo 10 horas diarias no es seguro... ¿te acordarás de esta conversación?

Yo es que flipo, de verdad, con lo de "otro me lo hace". Ag.
 
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