Ahora me encuentro el problema al tramitar un alta de que si en la temporada pasada se realizó una baja voluntaria de un entrenador fijo discontinuo y este año se le quiere hacer otra vez fijo discontinuo no se puede bonificar. Esto nos va a pasar con más entrenadores. En CASIA ya me han confirmado que no se puede.
Real Decreto-ley 1/2023 Art.11 Exclusiones.1 c) Contrataciones realizadas con personas trabajadoras que en los doce meses anteriores a la fecha de alta de la persona trabajadora en el correspondiente régimen de la Seguridad Social hubiesen prestado servicios en la misma empresa o entidad mediante un contrato por tiempo indefinido, o en los últimos seis meses mediante un contrato de duración determinada o un contrato formativo, cualquiera que sea su modalidad y la duración de su jornada.