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«Podrán celebrarse contratos de duración determinada para la sustitución de
una persona trabajadora con derecho a reserva de puesto de trabajo, siempre
que se especifique en el contrato el nombre de la persona sustituida y la causa de
sustitución. En tal supuesto, la prestación de servicios...
2. La primera parte de la consulta se centra en determinar si se consideran dos contratos de
duración determinada diferentes los celebrados en primer lugar por sustitución de personas
trabajadoras que estén percibiendo la prestación económica por riesgo durante el embarazo y a
continuación por...
No puedo subir el archivo
Voy a pegarlo
En fecha 25.09.2023 se recibió petición de informe procedente de la Subdirección General de
Relaciones Institucionales y Asistencia Jurídica relativo a consulta efectuada
La consulta se concreta en los siguientes términos:
«1.- Si una persona está...
La Dirección general de Trabajo nos confirma lo que algunas ya pensábamos y es que no se pude bonificar el contrato de maternidad si antes has tenido un temporal de sustitución por riesgo
Yo lo haría. ¿ has mirado en DCL Y RNT del mes de octubre.? Ellos saben que existe ese problema. Ha mi me lo han dicho y a algún compañero por Casia también.
Para ver febrero no mires certificados de deuda ya que no es una deuda.
tienes que mirarlo en consulta y obtención de recibos fuera de plazo y pones febrero a febrero.
No te ha entrado ninguna de febrero. Que raro. ¿ has mirado todos tus ccc en sistema red? Te lo digo porque en DCL y RNT tenia yo varias pero al consultar los ccc me encuentro alguna mas que por supuesto ni me han notificado como siempre ni están en DCL.
Así es como lo hago yo pero al parecer también se puede hacer como dice Fundación. Caprichos del Casia.
Resumiendo este hilo, según Casia dos maneras, por lo que lo prudente es pedir información al Casia y hacerlo como ellos digan te digan
eso también lo he pensado. Mañana llamara al sistema red. Pero por experiencia mandan la notificación y algunas veces no están aun los recibos, y por tanto si fuera lo que tu dices es la primera vez que me pasa
Tienes que mirar en gestión de deudas/consulta y obtención de recibos y pones periodo febrero y te llevaras alguna sorpresa. La empresa no tiene deuda aun.
Pues a mi me ha pasado lo mismo
La que se va a liar cuando aparezcan las deudas sin saber de que. Y quiten bonificaciones.
Voy a mirar todos mis ccc uno por uno.
Yo lo hago desde el día siguiente al agotamiento de los 545 días y sin problemas. ¿La fecha de la IP es al día siguiente al agotamiento? La que me vino a mi fue a los dos meses del agotamiento
Es el mismo caso que el mio. Yo no lo hice como tu y no tuve problemas. Si que es verdad que tuve que presentar escrito
Tu le has dado de alta estando ya en IP entiendo? Si es asi yo no lo haria como tu pero si te lo aceptaron
Porque tú no has informado las vacaciones desde el día siguiente a la baja presentando un escrito sino que le has dado de alta ahora y comunicado vacaciones estando ya resuelta la IP.
Presenta escrito con el periodo de vacaciones y la resolución de IP. Cuando te graben el periodo de vacaciones envia L13 de vacaciones.
Te vendrá pago electrónico con recargo y tendrás que enviar un casia para que te quiten el recargo. Me dijeron que no la pagara y del 1 al 10 del mes siguiente...
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