Estás utilizando un navegador obsoleto. Puede que este u otros sitios no se muestren correctamente. Debes actualizarlo o utilizar un navegador alternativo.
Por lo que comentas no es una sucesión de empresa, por lo tanto no se produce subrogacion de contratos. Se entiende que el proceso a seguir sería una baja voluntaria si se llega a un acuerdo con los trabajadores (51) o bien una baja (54) por extinción de la empresa actual o una baja por despido...
que madrugador. Entiendo que las diferencias que existan en diferencias de topes mínimos y máximos se realizaran de oficio, porque en la disposicion transitoria primera de la Orden PCM/ 74/2023 indica habla que deberan ser ingresadas.
La parte de mejora tendras que cotizarla con un L03, te pedirá los datos de la resolucion, con esto no pagarás recargo. En cuanto a la tributación creo recordar que ahora solo tributan las que superen los 180000 euros. Ya me decís si estoy en los cierto, porque hace ya unos cuantos años que no...
En tu comunicación de ampliación tiene que constar el motivo de la ampliación y la fecha de su fin. Si no consta el motivo ni fecha de fin se entiende que es indefinida, salvo que el contrato sea temporal, que en ese caso hasta sin fin.
El derecho del autónomo a prestación por desempleo es una quimera. El que llega a disfrutarla es porque ya ha llegado a la indigencia absoluta. El resto, a seguir cotizando por una prestación que nunca llegaremos a disfrutar. Ahí si que nos la metieron doblada.
vale, mi caso son contratos casi cada semana y que duran 3 o 4 días días a tiempo parcial. El contrato del servicio termina en octubre y luego se acabó la fiesta y se cierra el churinguito. No me llegan los 90 días del previsible además que no son causas ocasionales. A lo mejor en tu caso vale...
Yo no me complicaría. Le haría directamente un indefinido y después los despido de forma disciplinaria. La cantidad de la indemnización es ridícula y en comparación al coste del eventual inferior a 30 días mucho menor. Lo que quieren es contratos indefinidos , pues dale contratos indefinidos...
Acabo de solicitar un aplazamiento y como siempre la cuota inaplazable se paga y el resto va por la vía normal, como siempre. Lo mio no es tanta cantidad, pero aún no entiendo este apartado que comentas (cuantía de la de la deuda, la antigüedad y demás circunstancias). Vamos a ver, el...
Ningún problema. La subrogacion del contrato implica mantener todos los derechos por lo tanto cuando llegue el momento del pago de la extra se devenga y punto. En su día ya se cotizó en la empresa subrogada.
Exactamente. Yo realizaría un descuento por los días no trabajados, pero la cotización no se toca. Pregunta a tu programa por si tienen alguna forma de parametrizar este caso concreto
Yo sigo con mi interpretación personal en cuanto a los FIJOS discontinuos a tiempo parcial. Si, a la mejor voy sola y sin frenos, pero sigo pensando que se está interpretando mal el concepto de este modelo de contratación. El FD mires por donde lo mires en definitiva no es más que un contrato a...
Utilizamos cookies para ayudar a personalizar el contenido, adaptar la experiencia, y si estás registrado, a mantenerte conectado.
Al continuar utilizando este sitio, estás dando tu consentimiento a nuestra utilización de cookies.