Estás utilizando un navegador obsoleto. Puede que este u otros sitios no se muestren correctamente. Debes actualizarlo o utilizar un navegador alternativo.
Me da un coraje que no veas, porque se trata solo eso, que el cliente canceló la cuenta y no se dio cuenta de los autónomos hasta que me llamó y se lo dije .
Pero no puede ser, de alguna manera hay que meterles mano a estos,.
Lo que me cuenta de la domiciliación me lo se, pero ¿Hasta que punto me pueden obligar a domiciliar algo? es estamos en la de siempre, la administración con toda clase de abusos.
A ver si se os ha producido el caso.
Me llama un cliente que ha cancelado una cuenta y "casualmente" es por donde paga los autónomo. Llamo a la TGSS para pedirles un recibo para hacerlo y me responde que nada de nada. Este es la respuesta por CASIA:
Buenos días, Disp. adicional octava del Regl...
Una duda que tengo ¿Puede un trabajador darse de alta aquí y teletrabajar desde otro país? Entiendo que el trabajador es español y se traslada allí, porque si fuera de otra nacionalidad no se le podría hacer un contrato de teletrabajo ¿O se puede? Es curiosidad.
Gracias
¿Aun no lo han publicado? ¿Aún estamos así? No miré nada pues ando liado con los impuestos y no me la vida para nada.
Gracias Toni. No obstante si lo publican con efectos del mes de enero entiendo que se puede hacer la variación en esas fechas
Ya se que que no es este foro si no en el doméstico pero dado que este sector es el mas afectado por el SMI entiendo que ahora no podemos actualizar su salario en al TGSS, pero si en los 3 primeros días de febrero con efectos del 1-01-2024.
¿Es correcto? ¿Aun se puede?
Gracias
Si os sirve, yo le formulé el contrato indefinido y cuando causó alta el RETA indemnización de 20 días. Eso si, en las cláusulas del contrato le dejé bien claro al trabajador (aunque no se que recorrido legal tendría) que la contratación se formulaba como consecuencia de la IT, y dado que es...
p
Perdona Marlo, pero este caso la verdad es temerario. Te reclamo horas y seguidamente te despido, es que es ponerlo a huevo.
Primero habrá que por todos los medios ver que no hay un posible como el de la sentencia, y luego ir con el despido ¿Que es dificil? Pues como dice Caslaboral claro que...
Gracias a todos, aunque "hombre prevenido vale por dos" intentaré al menos, aunque no sea cierto indicar en la carta alguna fecha que "apoyen" el relato de los hechos en un intento de evitar imprevisiones.
Aunque me dices negociación y pacto, pero.. ¿Como llevarlo a cabo y plasmarlo? Al final aunque lleguemos a aún acuerdo ¿Habrá que darle una carta de despido invocando unas causas? Y una vez se la entregué ¿Quién me dice que no se retracta o viene su abogado y me pide nulidad?
La verdad no...
Gracias Cachilipox, se que no podías faltar, mañana voy a llamar al cliente y hablar con él. Le expondré los pros y contras y que decida. Seguiré tú consejo.
Estoy agradecido a todos por ayudarme.
Utilizamos cookies para ayudar a personalizar el contenido, adaptar la experiencia, y si estás registrado, a mantenerte conectado.
Al continuar utilizando este sitio, estás dando tu consentimiento a nuestra utilización de cookies.