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Hola, en caso de retribución en especie por cesión de uso de vehículo empresarial, ¿qué tanto por cien soléis imputar como rendimiento en especie, el 100% de uso particular o tomáis la regla del 80% uso particular y 20 % uso empresarial? Gracias.
Pues yo puedo contaros mi experiencia y es que, tengo una empresa que si tiene los importes de SB muy, muy por encima de los que marca el convenio, y en inspección y en un despido que hubo, no hubo problema alguno por ello.
Lo que no sé, es si al darle de alta en la seguridad social francesa por ser residente alli, si le hacen lo de la retención que dices. A ver si alguien lo sabe.
Yo recuerdo de un cliente que tenía un trabajador francés residente alli. Al no vivir en España, le dieron de alta en la seguridad social en Francia porque al no residir aquí, no se le podía dar de alta en España.
Hola, perdonar pero a ver que opináis, chica fija hace 3 años contratada cuatro días a la semana (3 horas día) que hace 12 horas semanales.
Le hago nómina todos los meses en base al cálculo de 1260*12/40, doce nóminas al año.
Recibe llamada de la TGSS y la citan para decirle que debería cobrar...
Gracias. Y otra cosa, respecto de los socios, estáis informando de todos los socios y su % de participación (socios capitalistas y trabajadores), o solo respecto de los que están de alta y trabajando (socios trabajadores)?
Y al hilo de esto, las empresas sin C.C.C en las que no hay nadie de alta en reta (tipo comunidades de bienes de alquileres- comunidades de propietarios- s.l patrimoniales, ...) hay que comunicar los datos igualmente a la TGSS y pedir el NET? o las empresas de este tipo no hay que comunicar nada?
Cachillipox, perdona pero me pierdo un poco con esto; la sociedad que te comento tributa en I.S como patrimonial, solo tiene dos naves alquiladas y percibe esos dos alquileres. se entiende pues que no desarrolla actividad económica??
Cachilipox, quieres decir que si la sociedad en el Impuesto de Sociedades tributa como entidad patrimonial, no tiene el administrador único que estar de alta en RETA?
Y respecto de empresas antiguas que nunca han tenido trabajadores y por tanto no han pedido c.c.c, lo han de pedir ¿?¿
O estoy tan saturado que ya entiendo lo que me parece .....
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