Estás utilizando un navegador obsoleto. Puede que este u otros sitios no se muestren correctamente. Debes actualizarlo o utilizar un navegador alternativo.
bajo mi punto de vista es lo que te digo, cuidado con como le dijo la empresa lo de que aplazara sus vacaciones... Se podria dar el caso que el trabajador busque la nulidad por vulneracion del derecho de indemnidad? Es un poco rebuscado pero lo veo posible dependiendo como se haya sucedido todo...
pero, el MEI y la solidaridad ya vienen aprovados, con sus respectivos aumentos por años, en el RDL 2/2023 y esta debidamente incorporado en la LGSS. No veo porque no se deben aplicar, aunque aparecieran en este "omnibus"
ahahahhahaha
menudos cojones tiene esa empresa eh... Les hizo el favor y ahora lo quieren despedir? mae mia como esta la peña
En cualquier caso entiendo que el trabajador deberia haber ido por via judicial antes de hacer las cosas unilateralmente. Eso dependiendo de como la empresa le pidiese...
Con respecto al SMI, supestamente estaremos sin SMI, no que se pueda aplicar el de 2023, sino que puedes hacer lo que te de la gana... Yo no me fliparia en este sentido que despues vendran las ostias. Es un "vacio legal" pero vamos que no tiene ningun sentido
Y con respecto al MEI y la...
A mi mi programa no me lo hace 🤪 me dijeron que es porque ellos no pueden saber lo que efectivamente se ha ingrsado en vidacaixa (cosa que me parece hasta logica)
Asi que me toca importar los txt que me manden y palante
anticipar algo antes siquiera que acuerde (ya no decir que se publique) me parece una locura absoluta la verdad... No es nuestra potestad hacer estas cosas... por simple comodidad...
Efectivamente. Igual que es responsabilidad de la empresa que el trabajador fiche, que el trabajador cumpla con la jornada estipulada en el ET o Convenio, que el trabajador no trabaje estando en IT, que el trabajador haga sus vacaciones, etc etc etc
Pero que da igual que no presente la solicitud Nando. Es una OBLIGACION para poder cumplir con los deberes de cuidado del articulo 68 del CC. Una vez nace el bebe, el contrato queda suspendido automaticamente, que se mecanize o no dependera de la empresa, que es la obligada a informarlo (a...
Si por eso te digo, entiendo que esa parte es entendible y justificable. Lo de la subida de categoria es lo que me genera mas duda... En cualquier caso, y como bien dices, lo logico de subir una categoria es aumentar salario... (aparte de responsabilidades evidentemente)
El problema es el cambio de convenio, hasta alli te diria que compensar las cantidads de "mantenimiento convenio antiguo", podrian estar OK (aunque el convenio te diga lo contrario...)
Si fuese el caso de que ese extra de 3370.70 fuese por una mejora voluntaria de la empresa (teniendo en...
El trabajador solicita la prestacion economica, no las suspension del contrato ni nada similar. La empresa comunica la situacion de suspension del contrato a TGSS, como es su obligacion. Y como el contrato esta suspendido, no puede trabajar, igual que con una IT.
Que sea posible no hacer nada...
Pero porque chocan? Que no sea absorbible ni compensable yo lo entiendo como que si la empresa le pagaba a X una mejora voluntaria de 200 EUR, si sube el convenio no se puede tocar estos 200 EUR, por lo que el salario del trabajador subira lo que haya subido el convenio. Y veo precisamente que...
Utilizamos cookies para ayudar a personalizar el contenido, adaptar la experiencia, y si estás registrado, a mantenerte conectado.
Al continuar utilizando este sitio, estás dando tu consentimiento a nuestra utilización de cookies.