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Lo dic ho: no paran de llamarme a pesar de mi edad. ¿Por qué?; pues porque nadie de la edad que querrían quiere un puesto como ese. A saber:_ llevar la cartera de clientes por un sueldo entre 22.000/26.000 euros años en Barcelona. Por esa mierda, me meto de reponedor en mercadona. No te jode.
Cambia de tercio. Mira, tengo 56 tacos y puse mi CV en el portal del colegio de BCN..... Pues no paran de llamarme a pesar de mi edad. Fíjate tú cómo está el percal.
Cobra desde la fecha del hecho causante.
El INSS y la Mutua, entiendo, se aclaran entre ellas: paga el INSS la prestación, descontando la IT, que ingresará en la mutua
Y tanto que se puede pedir devolución.
Las vacaciones, pues sí, hay que informar a casia.
Si no tiene ingresos, sí a una no contributiva.
Y si cotiza ese poquito, pues claro que tendría derecho a pensión contributiva + complemento a mínimos (si no tiene ingresos).
Pues el mismo que los demás: no pueden estar contratados temporalmente en un periodo de 18 meses dentro de 24. Vamos, aquí lo logico es celebrar contratos fijos discontinuos.....
Ojo, eso de los tres meses es por baja en periodo de prueba. Si te hacen un temporal de , por ejemplo, un mes, podrías cobrar paro (salvo que el sepe se huela que hay fraude).
Opino como Marlo. En ningún lado se dice que la base no se regularizará. La DT1ª habla de elegir base, pero no dice nada de la regularización. La ley ya habla de los casos excluidos de la regularización expresamente. Pensad que sería absurdo: si no eliges base, pues te quedas igual. Pienso que...
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