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100 horas al mes.
Antes se hacía el prorrateo con el SMI y ya está. Ahora, pues no, se divide el salario entre las horas del mes, se divide entre 4 y se multiplica por 4,2. Dicen: no es nuevo. Y un cuerno. En enero no era así.
A partir de ahora, pum, la base se calcula en tiempo parcial.
100 horas a la semana serían 787,50.
787,5/100= 7,88/4*4,2*100=827,40
Y de ahí aplicaremos la base.
Si nada dice el convenio, depende de lo que se haya pactado o de lo que se venga haciendo hasta el momento.
En teoría, incentivos no serían absorbibles y retribución vooluntaria, sí.
Y, claro, las de antes de 1-1-2023 con la fecha que te deje. Nada de casias. Eso sí, si una empresa tiene varias actividades, se informarn tantas comot tenga.
Y hoy he acabado hasta los cojones de informar datos de autonomos. Lo hago por actividades red y pongo fecha uno de marzo, que es la que me deja. Ojito: si una empresa tiene varias actividades, todas se informan..... Cágate.
Pues que si está de administrador en varias sociedades que se informen las mismas por casia si son anteriores a 1-1-23. Un 521/5 por sociedad con sus escrituras. Para morirse.
A mí me han dicho en casia que no es olbligatorio informar los datos de las empresas sin CCC, hasta que la tesorería ponga la manera. De momento hay que informarlo en variación de datos del autónomo.
Todo depende también. El caso es no quedarse toda la vida haciendo nóminas porque, eso, nunca te llevará a nada. Tengo compañeros de carrera que están en puestos de dirección de RRHH, en temas de coaching, formadores, asisten a juicios, etc....
Yo no soy ejemplo de nada, ya ves, llevo toda la...
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