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A falta de leerlo es cierto que el que se mantenga el de circunstancias de la producción para incrementos imprevisibles de la producción u osilaciones en la demanda, me parece que es parecido a lo anterior y que nos va a llevar a lo mismo de antes. Ya me veo al hostelero diciendo que haga...
¿Y si hago hoy un contrato temporal de 10 días? Tendrá la penalización que se contempla para los contratos de corta duración? O tras los 3 meses de transición?
Hola,
Pues poder sí se puede. Aquí el problemas es si se judicializa el tema que pueda acabar en nulidad. Así que hay que atinar mucho con lo que se alega en la carta de despido y cuidadín que no te venga de rebote el interino (en este caso improcedente)
Hola,
Pues lo dicho en el encabezamiento.
91: baja despido causas objetivas empresa
92: baja despido causas objetivas trabajador.
¿Cuándo se utiliza un código y cuándo otro? Pensaba que el 92 era para extinciones solicitadas por el trabajador, derivadas de una modificación sustancial de las...
Hola,
Me desahogo con vosotr@s. Es indigante la poco empatía y ganas de facilitar los trámites que tiene la TGSS. Parece mentira que de lo que se trata sera de generar riqueza y empleo.
La última con ellos: una empresa, persona física, que decide transformar su pesonalidad jurídica en SL. con...
Hola,
Tengo una empresa que creo se ha metido en un berenjenal. Les ha pagado a sus trabajadores parte de cursos de formación que estos han hecho y ahora quieren regularizar en caja esos importes si tener que pagar impuestos por ello.
Las características del tema son:
- La factura de los cursos...
Sí. Entiendo que con volver a mandar el fichero de bases con la casilla de rectificación es suficiente y no hay que anular nada. Esa es la teoría. En la práctica a ver si no se duplican las liquidaciones, que todo puede ser, visto lo visto.
En principio la rectificativa modifica la anterior, por lo que no hace falta anularla. SI se anula lo confirmado, entiendo que lo que se manda sería una nueva liquidación pero sin activar la casilla de rectificativa.
Madre mía. Qué contestación.
Si te ha llegado alerta por mail entiendo que hay que mandar una rectificativa por Siltra pero no hay porqué anular la anterior
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