Estás utilizando un navegador obsoleto. Puede que este u otros sitios no se muestren correctamente. Debes actualizarlo o utilizar un navegador alternativo.
A mi me gustaría hacerlo, pero…no soy capaz porque te la piden al wasap…y claro.
Eso si, la hago cuando puedo. Por ejemplo, ahora, me han pedido una que haré luego esta tarde cuando me ponga un rato
Salu2
De momento, lo que recuerdo
1. Solicito pensión. Según los datos de tu seguridad social se jubilaba cuando lo pedí.
2. Llamada del INSS diciendo que no cumplía por 5 años creo recordar. Se lo comento….bueno…si…hubo un tiempo que mi mujer era la encargada de pagar el autónomo, puede que tengan...
Tengo yo uno de estos…que al pedir la jubilación apareció esta historia. Ha tenido que esperar 2 años para jubilarse y en tu seguridad social le aparecían como computables.
Salu2
Es más…esa forma de responder casi que genera mas dudas. Tampoco le acompaña su coherencia ( la hemos visto mentir en otros asuntos…). Por otro lado, como todos ellos y todos nosotros ( mentir es habitual y de humano).
Salu2
Abogado si, procurador no
Salu2
Artículo 23.
1. En sus actuaciones ante órganos unipersonales, las partes podrán conferir su representación a un Procurador y serán asistidas, en todo caso, por Abogado.
Yo tengo uno de estos. Todos pasan, el médico que todo está bien, el INSS que el médico debe resolverlo Y se me pasaba el plazo de las liquidaciones. Total, envié según IDC y ya regularizarán…. ( digo yo)
Salu2
Que lo haga el abogado de vuestra empresa a su abogado. Así…la empresa no se pringa con connivencias. Es decir, negociación entre letrados que solo vale para ellos. Una opción más…y lo de siempre…al enemigo que se quiere ir puente de plata…
Salu2
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/deudas-apremios-embargos-subastas/pagar-aplazar-consultar/aplazar-fraccionar-deudas.html
Trastea por aquí. Yo el trimestre pasado un domiciliado lo pasé a aplazamiento. Me supongo que a la inversa también se podrá
Salu2
Hola
todo puede pasar, sin embargo, en este caso…poco probable. Me supongo que habrá existido audiencia y si nada comento casi que juega en su contra ( enfado por despido)
Salu2
Lo es. Ademas, de no hacerlo, encabronaras más al trabajador. Por otro lado, al ser a posteriori y a requerimiento del INSS, tampoco te rompe el argumento.
Salu2
Hay sentencia del TS reciente que viene a decir que solo pierdes TP de los meses que no estes al corriente. Búscala que es de estos días… Es como tu caso
Salu2
Utilizamos cookies para ayudar a personalizar el contenido, adaptar la experiencia, y si estás registrado, a mantenerte conectado.
Al continuar utilizando este sitio, estás dando tu consentimiento a nuestra utilización de cookies.