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Con relación a la posibilidad de no aportar al plan si cobras por encima de las tablas + aportación a plan. Si cobro mas en 2023 pero en 2022 no, deberé pagar atrasos del plan solo del 2022 o nada de nada? La norma no lo deja claro. Como lo veis? Gracias
Si no recuerdo mal para el computo de la antigüedad a efectos de pago del complemento/trienio/etc si se tiene en cuenta todos los periodos activos e inactivos pero para el despido solo de tienen en cuenta los de actividad.
Se trata de la circular número 35/2023 de 11 de abril de ANICE (Asociación nacional de industrias de las carne de España). Tu cliente debería contactar con ellos para que se la envíen si esta asociado.
Se trata del acumulado del ipc diferencial con las subidas pactadas para 2021 y 2022. Eso te da una subida del 6,45% a la que habrás de añadir el 2,5% del 2023. El error pendiente de subsanacion y publicación, es que han duplicado la subida del 2023. La subida buena es del 8,95%.
Disculpad, pero desde hace ya tiempo las citaciones y requerimientos de la ITSS nos las envían directamente a los correos electrónicos de los autorizados red? Os esta pasando igual? Que soporte jurídico tiene esto?
Saludos
Normalmente el CC te indica si se deben liquidar al trabajador sus haberes a fecha de transmisión. También se puede negociar entre cedente y cesionario en el precio de transmisión.
Bueno como decías seguro de convenio... Si es seguro de vida nominal pactado en el CC es retribución en especie que cotiza y tributa. Salvo mejor opinión.
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