Acuerdo de la comisión paritaria del convenio de la construcción plan de pensiones IGUAL SE PUEDE SUSTITUIR APORTACION POR DINERO

FERNANDO

Miembro conocido
Acuerdo segundo. La Comisión Paritaria del VII Convenio General del Sector de la Construcción entiende que los acuerdos de sustitución de la obligación de contribuir empresarialmente al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del Sector de la Construcción que regula el VII Convenio General del Sector de la Construcción por el abono en nómina del importe equivalente al de la contribución al Plan de Pensiones, no constituyen ni desde el punto de vista formal ni material un acuerdo de inaplicación de condiciones de trabajo, por lo que no procede tener por recepcionada la referida comunicación a dichos efectos. De lo anterior se informará a la Autoridad Laboral que solicite a esta Comisión Paritaria información al respecto. Firmada esta acta por un representante de cada organización, se delega en don Mariano Sanz Loriente su remisión a la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Economía Social a los efectos de su registro y depósito, así como la posterior publicación en el «Boletín Oficial del Estado» únicamente de los Acuerdos Primero y Segundo adoptados en la presente acta. Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión en el lugar y fecha al principio indicados. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 160 Miércoles 3 de julio de 2024 Sec.

¿Entendéis, como yo, que es posible cambiar la aportación al plan de pensiones por dinero en efectivo?
 
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MiriamSR

Miembro conocido
Pues Fernando, si quieres que te diga la verdad, lo leí ayer cuando se publicó y pensé entender lo contrario (tampoco presté mucha atención porque a fecha de hoy no tengo empresas de construcción con trabajadores), pero ahora que lo he releído al ver tu post, creo que si puedes tener razón, ya que indica que estos pactos no se entenderán como que se está inaplicando las condiciones de trabajo.A ver que opinan otros compañeros.
 

FERNANDO

Miembro conocido
He preguntado al negociador de la APCE y me ha dicho que no entiende nada. Que se intentará aclarar el día 15 que tienen reunión con la comisión paritaria del convenio.
 

Raquelcs

Miembro activo
Yo lo leí ayer y también entendí como Fernando, pero lo dejé aparcado pendiente de leerlo cuando tuviera un rato. Pues si al final no hacía falta hacer un plan de pensiones a cambio de poner las cantidades en nómina menuda gracia, con lo que hemos sufrido por este tema.
 
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FERNANDO

Miembro conocido
Yo, Raquel aún no había hecho nada, dado que mi empresa se lo tenía que "pensar". A ver lo que aclara el de la apce en la reunión de la paritaria en próximo día 15.
 

1056RP

Miembro activo
Muchas gracias Fernando.
Cuando lo leí ayer pensé que había entendido mal. Si después de todo lo sufrido por el plan de las narices ahoran salen con esto es para matarlos.
Nosotros lo hicimos deprisa y corriendo porque al principio el cliente se negó, aunque luego le entró el miedo por posible inspección.
A ver que dicen en 15 días.
Estoy que me hierve la sangre.
 
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nudelma

Miembro
Buenos días a todos! Gracias Fernando, yo no me había ni enterado...
Veo que muchos lo leísteis ayer, algún consejo de donde inscribirme o donde leer y poder enterarme de este tipo de cosas??? Gracias, perdon por la inexperiencia o_O
 

Cachilipox

Miembro conocido
Pues yo entiendo justo lo contrario.
Vamos, que se lavan las manos, y te direccionan hacia "el maestro armero".

La inaplicación de un convenio colectivo es un mecanismo plenamente legal, mediante el cual (formal y materialmente), una empresa sustituye una obligación A, genérica y de difícil aplicación en el caso, por una prestación B equivalente, más adaptada a las necesidades y realidades de la empresa.

Pues bien, ese mecanismo que es legal, y permitiría sustituir A (aportación al plan de pensiones) por B (pago directo dinerario por cantidad equivalente), podría constituir una "inaplicación de convenio colectivo". Y eso es justamente a lo que la comisión paritaria responde NO.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Pues yo entiendo, está muy mal redactado, que los acuerdos de sustitución de aportaciones al plan por cantidades equivalentes de dinero no son inaplicación del convenio. Por tanto, no haría falta un descuelgue, sino que sería válido un simple pacto privado.
 
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EstefaníaMJ

Miembro conocido
Vengo solo a decir que no lo he leído 😮‍💨 y que no me avergüenzo de ello...
Después de leeros, y pensando que el día 15 estoy de vacaciones por la Región de Murcia, barajo seriamente la posibilidad de ir con billete de ida exclusivamente. ¿Alguien tiene mano para cambiarme de identidad y sobre todo de oficio?
 

IVO

Miembro activo
¿al final se sabe algo mas de este tema? Si la empresa y el trabajador firman un acuerdo privado de entregar el dinero en metalico serviria o puede ocasionar problemas con seguridad social, Inspeccion ...? Es que la empresa lo preferira antes que hacer todo el rollo del plan de pensiones...
 

Nikki_sp

Miembro conocido
yo lo que interpreto es que sustituir aportacion al.plan de pensiones por dinero no es uno de los supuestos del

CAPÍTULO III​

Inaplicación de condiciones de trabajo​



cosa normal porque la inaplicacion de las condiciones de trabajo es el descuelgue del convenio

"...Con el objeto de establecer el marco que posibilite un mayor grado de estabilidad respecto del empleo en el sector, se considera preciso establecer mecanismos que conduzcan a la aplicación de aquellas medidas que, con carácter preventivo y coyuntural, se dirijan a favorecer aquél y ello mediante la suspensión, siempre con carácter temporal, de la aplicación efectiva del Convenio general sobre determinadas condiciones de trabajo.

Dichas medidas tendrán por objeto la inaplicación temporal y efectiva del Convenio, todo ello dentro del marco legal y convencional establecido."

y cambiar pago en especie por dinerario no es nada ni temporal, ni da mas estabilidad a una empresa.

Salvo mejor opinion
 

FERNANDO

Miembro conocido
Bien, hubo reunión de la comisión paritaria del convenio: y no, ellos entienden que no se puede aplicar el descuelgue del convenio para cambiar dinero por aportaciones al plan. Pero, claro, ello no son quién para determinar si ello es así, solo los tribunales lo pueden decir. En fin, que nos tocará pasar por el aro hasta que alguien lleve este plan a los tribunales. Sigo sin ver que puedan obligar a un trabajador a concertar un plan de pensiones si no quiere. Y menos con una entidad determinada.
 

IVO

Miembro activo
Bien, hubo reunión de la comisión paritaria del convenio: y no, ellos entienden que no se puede aplicar el descuelgue del convenio para cambiar dinero por aportaciones al plan. Pero, claro, ello no son quién para determinar si ello es así, solo los tribunales lo pueden decir. En fin, que nos tocará pasar por el aro hasta que alguien lleve este plan a los tribunales. Sigo sin ver que puedan obligar a un trabajador a concertar un plan de pensiones si no quiere. Y menos con una entidad determinada.
joo, yo que habia preparado el acuerdo para el trabajador... es que para 6 dias que va a estar trabajando que son 4,62€ hacer lo del plan. y esperar a que en Bizkaia aprueben el plan de pensiones que usaran... Por el importe igual lo dejo asi total por 4 euros...
 
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