ATRASOS CONVENIO PELUQUERIAS

PEDRO

Miembro conocido
El 5 de mayo ha sido publicado el convenio colectivo de peluquerías para los años 2021, 2022 y 2023. ¿Hacemos a atrasos o esperamos a que gire diferencias la TGSS del 2021 y este 2022 pues este convenio, salvo el plus extrasalarial, va a a SMI?
 

toni

Miembro conocido
Buena pregunta...;)
Quiero entender que como el convenio va de enero a agosto a 950 y de septiembre a diciembre a 965 y, como nuestra querida TGSS nos va a hacer el favor de girarnos las diferencias (que ya nos a machacado via siltra con mensajitos de septiembre 2021), voy a esperarme al dia 15 que ya se podra entrar en "consulta y obtencion de recibos fuera de plazo" por si me los encuentro por ahi dentro...
 
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PEDRO

Miembro conocido
A mi me ha llegado ya la del mes de septiembre la diferencia de una peluquería.
Creo que voy a tomar la decisión de no hacer nada.
 

Anavale

Miembro activo
Pero el nuevo convenio establece las tablas del 2021-2022-2023, pero las del 2021 ya se publicaron el 12 de noviembre del 2021. Quiero decir que el convenio que han publicado ahora, sólo afectaría desde enero 2022. no?
 

PEDRO

Miembro conocido
Si, así es, pero al final ¿que hacemos? porque para esta año 2022 nos han dicho lo mismo que para el 2021, que no hagamos nada. pero se ha publicado un convenio colectivo.
 

MiriamSR

Miembro conocido
Yo he calculado atrasos por la diferencia sólo del plus de transporte. Tengo enero q si tenía el sueldo a 965 y debió ser 1000...o sea q el trabador/as han cobrado eso de menos... pero es q no sé cómo arreglar esto. Si lo incluyo cotizara dos veces, la de los atrasos más la q me mande TGSS.
 

Gocabi

Nuevo miembro
Buenas tardes. Pero si pusiste 965 +pp extra 160,84 + p transporte 44 (2,20 *20) te da una base de 1169 y esta por encima de la base de 1166,66 euros (14000/12) , por lo que entiendo no pueden reclamarte nada no?
 

Anavale

Miembro activo
@MiriamSR Pregunta tonta, porque solo tengo tres empleados así y uso salario diario. Pero las tablas del convenio son con salario diario con paga extra 965€/1000€. Usas salario mensual?
 

MiriamSR

Miembro conocido
Si, justo. Vienen de otra asesoría y venían con salario mensual, no diario. Así que de momento lo tengo mensual, a ver si la empresa en enero 2023 quiere q hagamos el cambio.
 

Gocabi

Nuevo miembro
Yo actualmente, desde que ha salido nuevo convenio les estoy poniendo los 14.000, con retribucion mensual mas el transporte segun dia efectivamente trabajado. Es por el transporte por lo que me sale la base un poco mas alta que la minima, por lo que voy a hacer atrasos de enero a abril de los 965 a 1000 euros.
 

PEDRO

Miembro conocido
Inicialmente abrí este tema porque me encontraba confundido, pero ahora al avista de que ellos van a girar las liquidaciones, y que nos dijeron que nada enviásemos, lo tengo claro: Le pago diferencias al trabajador y me olvido de las cotizaciones. Que miren ellos el convenio, además tienen datos con los CRA de sobra.
Es que estamos todo el día con vueltas por cuenta de ellos.
 

Argi

Miembro conocido
No entiendo nada. Se ha publicado un convenio que dice que para el 2022 el salario base es de 33,33 y las dos extras de 1000 (33,33/30), más un plus transporte por día trabajado de 2,50.
Entiendo que no queda otra que ajustar esos salarios, pagar y cotizar atrasos.
¿Qué me pierdo?
 

MiriamSR

Miembro conocido
No entiendo nada. Se ha publicado un convenio que dice que para el 2022 el salario base es de 33,33 y las dos extras de 1000 (33,33/30), más un plus transporte por día trabajado de 2,50.
Entiendo que no queda otra que ajustar esos salarios, pagar y cotizar atrasos.
¿Qué me pierdo?
Pues que si tu base de cotización era inferior a la base mínima actual, si calculas atrasos cotizan y pagarás la correspondiente cotización por ellos. Luego TGSS girará diferencias por esas bases inferiores a la mínima y no tendrá en cuenta L03 presentadas. La empresa acabará pagando 2 veces por lo mismo.
Además no descontamos la seguridad social del trabajador de las diferencias que emitirá la TGSS, porque es ridículo.
 

Anavale

Miembro activo
Pues que si tu base de cotización era inferior a la base mínima actual, si calculas atrasos cotizan y pagarás la correspondiente cotización por ellos. Luego TGSS girará diferencias por esas bases inferiores a la mínima y no tendrá en cuenta L03 presentadas. La empresa acabará pagando 2 veces por lo mismo.
Además no descontamos la seguridad social del trabajador de las diferencias que emitirá la TGSS, porque es ridículo.
Pero aun considerando salario mensual, en vez de diario, yo creo que los 4 meses con el plus transporte, esta por encima del las bases mínimas. Con lo que no habría problema en generar atrasos.....
 

MiriamSR

Miembro conocido
Pero aun considerando salario mensual, en vez de diario, yo creo que los 4 meses con el plus transporte, esta por encima del las bases mínimas. Con lo que no habría problema en generar atrasos.....
Tengo diferencias en contratos a tiempo parcial informados por horas.
 

toni

Miembro conocido
Estoy sacando ya alguna diferencia que me estan llegando de 0,90, 0,35, 1,16... vale mas el papel que la deuda... Pero me he llevado un susto de cojones, casi se me sale el corazon de pecho... Me aparece una de 9500 euros... Y son unos cabrones, te meten las diferencias SMI con la deuda de la empresa, casi me muero del susto...
 

PEDRO

Miembro conocido
Mi consulta a CASIA Y SU RESPUESTA:

Descripción:
El boletín Red 5/2022 estableció el procedimiento para la liquidación de las diferencias producidas por el incremento del SMI con efectos del 1 de septiembre, siendo la TGSS quien gire las liquidaciones complementarias para su ingreso por la empresas. La cuestión que quiero plantearles es que ha sido publicado el convenio colectivo de peluquerías para los años 2021, 2022 y 2023 (adjunto copia), por lo que desearía que me informasen si liquido los atrasos de convenio o espero a que me lleguen las diferencias de la TGSS. De hecho uno de mis clientes ya ha recibido la del mes de septiembre del 2021 para descargar el próximo 15 de mayo. De hecho, esa situación se une también situación creada por la actualización del SMI del año 2022, en que también se ha comunicado a las empresas que no se liquiden las diferencias hasta que las gire la TGSS.



Resolución del Caso​

Buenos días, presenten las liquidaciones L03 de atrasos de convenio según BOE. En el caso de que de error en la tramitación abran un nuevo caso como error/incidencia>cotización. Un saludo.
 

PEDRO

Miembro conocido
Os propongo que hagáis la misma consulta en vuestras administraciones a ver que pasa, a ver si hay "cachondeo".
 
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